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Zona Tesla => General => Mensaje iniciado por: oetam2 en 08 de Agosto de 2026, 03:47:18 pm

Título: Deducción del 100% por instalación del cargador en la Región de Murcia
Publicado por: oetam2 en 08 de Agosto de 2026, 03:47:18 pm
Estoy mirando para comprar un Tesla Model 3 y me gustaría saber si para obtener la deducción autonomica de la Región de Murcia del 100% por la instalación de un cargador en la plaza de garaje , no hace falta que tengas coche eléctrico. Lo digo porque en este caso el garaje estaría mi nombre y la instalación también pero el coche a nombre de mi mujer.

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Título: Deducción del 100% por instalación del cargador en la Región de Murcia
Publicado por: Frikland en 08 de Agosto de 2026, 05:53:16 pm
Pues a no ser que sea una particularidad de Murcia, ya no hay nada para cargadores.

Y tampoco necesitas cargador. Un enchufe decente (tecac) te vale. Cuando salgas de casa quitas la corriente desde tu cuadro de luces y ya.
Título: Re: Deducción del 100% por instalación del cargador en la Región de Murcia
Publicado por: keops en 09 de Agosto de 2026, 08:46:35 pm


Cuando salgas de casa quitas la corriente desde tu cuadro de luces y ya.

¿Pero en qué barrios cargáis que eso es necesario?
Título: Re: Deducción del 100% por instalación del cargador en la Región de Murcia
Publicado por: 3fra en 09 de Agosto de 2026, 09:48:04 pm
Pues a no ser que sea una particularidad de Murcia, ya no hay nada para cargadores.

Y tampoco necesitas cargador. Un enchufe decente (tecac) te vale. Cuando salgas de casa quitas la corriente desde tu cuadro de luces y ya.
Os dejo información de la Agencia Tributaria sobre las deducciones vigentes aplicables a cargadores.

“Podrás deducir el 15% de las cantidades satisfechas desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de
diciembre de 2026.

La instalación deberá estar finalizada en 2026.
Practicarás la deducción en el periodo impositivo en el que finalices la instalación.

La base máxima de esta deducción es de 4.000 € y está constituida por las cantidades
satisfechas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o
ingreso en cuentas en entidades de crédito, a quienes realicen la instalación.

Tendrás derecho a esta deducción si, desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de
2025, abonas cantidades destinadas a instalar, en un inmueble de tu propiedad, sistemas de
recarga de baterías para vehículos eléctricos siempre que la instalación no esté afecta a una
actividad económica.”

http://cloud.tapatalk.com/s/6a78d96c55db9/Deduccio%CC%81n_por_la_instalacio%CC%81n_de_infraestructuras_de_recarga.pdf (http://cloud.tapatalk.com/s/6a78d96c55db9/Deduccio%CC%81n_por_la_instalacio%CC%81n_de_infraestructuras_de_recarga.pdf)
Título: Re: Deducción del 100% por instalación del cargador en la Región de Murcia
Publicado por: 3fra en 09 de Agosto de 2026, 09:49:20 pm
Entiendo que si la vivienda es tuya, que tu mujer sea la propietaria del vehículo es indiferente.
Título: Re: Deducción del 100% por instalación del cargador en la Región de Murcia
Publicado por: golumgolum en 10 de Agosto de 2026, 08:14:41 am
Una pregunta,

Ahí hay que añadir toooooooodos los gastos generados por la instalación de un PdR?

¿INCLUIDOS LOS GASTOS DE ABOGADOS?

Sí, sí... reiros...