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« en: 14 de Abril de 2026, 04:47:05 pm »
Las ayudas se declaran de la siguiente forma:
- 15% IRPF se declara en el ejercicio de la compra, deducción máxima 3.000 euros. En algunas comunidades como C/L si el precio del coche no supera los 40.000 euros con impuestos, puede ser 4.000 euros, pero siempre compensando con los 3.000 estatales, es decir, 1000 euretes más. No se cobra, se deduce de la cuota.
- Ayuda moves: Los 4500 o 7000 si hay achatarramiento, en la renta de este año debe informarse en la Casilla 1922, según la fecha de concesión de la misma. Solamente se INFORMA en esa casilla si se ha concedido en el 2025. Si te la han concedido en el 2026, como es mi caso, la informaré al año que viene porque en el 2025 no la tenía concedido. En el caso de haberla también cobrado, ahí además la declaras en ganancias patrimoniales no derivadas de transmisión porque como bien dice el compañero, solo tributas si cobras.
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