Lo he preguntado a Santander Consumer y ellos me dicen que como todo contrato existen 14 días para rescindirlo pero que es desde la fecha de firma, no desde la fecha de entrega del vehículo. Lo cual no tiene sentido. Así que tal vez espere unos días para firmarlo y así tener un pequeño margen de prueba de mi coche. Irá todo bien pero leyendo algunas experiencias en el foro, me entra el cangis
Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
@Temboa @Asm80
Trabajo en el sector financiero, te doy la información que entiendo debería tranquilizarte.
Este tipo de operaciones se consideran “créditos vinculados” y en ellos rige el principio de unidad comercial. Está regulado por el artículo 29 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo. El vínculo legal hace que lo que ocurra con un contrato afecte directamente al otro en dos direcciones.
En la cuestión que te preocupa, si ejerces tu derecho de desistimiento respecto al bien o servicio adquirido (TU COCHE), por ejemplo, en compras a distancia o contratos fuera de establecimiento en el plazo legal de 14 días, el contrato de crédito vinculado queda automáticamente sin efecto.
Vamos que los de Santander pueden decirte lo que quieran y luego obviamente te pueden marear llegado el caso pero saben que eso NO ES ASÍ.
Dicho lo cual, si prefieres esperar unos días y eso no retrasa la entrega de tu coche… pues ni tan mal.
Pero que no te metan el miedo en el cuerpo que no pasa nada!