Te respondo yo. No se puede, salvo que el vendedor decida cometer una grave irregularidad. Solo procede hacer una operación intracomunitaria sin IVA a entidades inscritas en VIES (Sistema de IVA intracomunitario). La operación luego es anotada por ambas partes en los informes a cada una de las Haciendas nacionales y en caso de irregularidad salta una luz roja.
Muchas gracias, todo aclarado.