Según yo entiendo si la empresa pone un punto de carga y contabiliza lo que cada empleado consume, regalándoselo, sería retribución en especie y habría que declararlo.
También pueden cobrarte un precio simbólico, a 3 céntimos el kilovatio hora, y ya no es retribución en especie.
Sin embargo si no hay control en el punto de recarga, es decir enchufas y nadie lleva registro ni contabilidad de si has enchufado el coche o no, no tendrías que declararlo como retribución en especie.
Es como una especie de vacío legal en tanto que Hacienda no paga un marco normativo que lo regule