El registro en este foro no incluye alta en el Club. Para altas en el Club Tesla Oficial sigue este enlace

Foro: Club Tesla España

Accede aquí a la web oficial del Club

Deducción IRPF - Cargador
« en: 01 de Enero de 2025, 05:33:19 pm »
Perdonar, porque no se si esto se ha tratado en otro hilo, pero la verdad que buscando, no he encontrado nada.

Acabo de adquirir en Diciembre un model Y LR, pero como tengo cargador en el trabajo no me hacia falta el cargador en casa con urgencia. Solicite presupuestos y antes de final de año di la señal para el montaje de un V2C, pero no me lo instalan y no se paga el 100% hasta el día 10 de Enero. Esto de cara la deducción autonómica del IRPF como afecta?, porque he hecho un pago de una parte en 2024 y el electricista ha abierto expediente, pero la instalación, certificado de industria, etc. hasta el 10.01.2025 no se hace. Tengo que solicitarle que me haga factura a 2024 o da igual ..., si se instala en el 2025 y se paga todo en ese año, será presentarlo en Mayo del 2026, en la renta del ejercicio del 2025?

Gracias,

mustone

*
  • *****
  • 3244
  • M3 LR RWD '23
    • Ver Perfil
Re: Deducción IRPF - Cargador
« Respuesta #1 en: 02 de Enero de 2025, 11:03:23 am »
Perdonar, porque no se si esto se ha tratado en otro hilo, pero la verdad que buscando, no he encontrado nada.

Acabo de adquirir en Diciembre un model Y LR, pero como tengo cargador en el trabajo no me hacia falta el cargador en casa con urgencia. Solicite presupuestos y antes de final de año di la señal para el montaje de un V2C, pero no me lo instalan y no se paga el 100% hasta el día 10 de Enero. Esto de cara la deducción autonómica del IRPF como afecta?, porque he hecho un pago de una parte en 2024 y el electricista ha abierto expediente, pero la instalación, certificado de industria, etc. hasta el 10.01.2025 no se hace. Tengo que solicitarle que me haga factura a 2024 o da igual ..., si se instala en el 2025 y se paga todo en ese año, será presentarlo en Mayo del 2026, en la renta del ejercicio del 2025?

Gracias,

Pues según la web de la Agencia Tributaria, tiene que estar instalado antes de finalizar el año 2024, por lo que no entra en tu caso:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vehiculos-embarcaciones/deduccion-irpf-adquisicion-vehiculos-electricos/deduccion-instalacion-infraestructuras-recarga/porcentaje-deduccion-que-periodo-impositivo-aplica.html

En teoría, leí por noticias que se ampliaba al 2025 (así como el MOVES)... pero habría que buscarlo si lo han sacado ya en algún BOE o no...
Re: Deducción IRPF - Cargador
« Respuesta #2 en: 09 de Enero de 2025, 08:08:38 am »
Ya será del ejercicio del 2025 porque lo has terminado de instalar y de emitir un CIE en 2025. En principio las ayudas por IRPF siguen en 2025 según las noticias que tengo.


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

FF666

*
  • ***
  • 103
    • Ver Perfil
Re: Deducción IRPF - Cargador
« Respuesta #3 en: 09 de Enero de 2025, 01:26:39 pm »
Aprovecho este hilo porque estoy en situación también de cambio de año.
El cargador me lo han instalado en diciembre de 2024 (moves ya tramitado), pero el pago se ha domiciliado 30 días después, en enero de 2025.
Este caso no viene contemplado en la web de hacienda.
Entiendo que la deducción la haría en 2026? A ver si no se me olvida de aquí a esas fechas...

Y otra cosa, el otro día leí que la deducción te la haces solo sobre la parte restante que quedaría de aplicar el moves.
Es decir, si la instalación son 2000 € y el Moves te da 1400 € (aunque luego devuelvas la mitad), solo puedes deducirte el 15% sobre los 600 € restantes.
Es eso cierto? Yo pensaba que era sobre el total del coste de la instalación.

mustone

*
  • *****
  • 3244
  • M3 LR RWD '23
    • Ver Perfil
Re: Deducción IRPF - Cargador
« Respuesta #4 en: 09 de Enero de 2025, 02:29:23 pm »
Aprovecho este hilo porque estoy en situación también de cambio de año.
El cargador me lo han instalado en diciembre de 2024 (moves ya tramitado), pero el pago se ha domiciliado 30 días después, en enero de 2025.
Este caso no viene contemplado en la web de hacienda.
Entiendo que la deducción la haría en 2026? A ver si no se me olvida de aquí a esas fechas...

Según la web de hacienda, dice bien claro que corresponde al periodo impositivo en el que finalices la instalación. En tu caso: renta 2024.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vehiculos-embarcaciones/deduccion-irpf-adquisicion-vehiculos-electricos/deduccion-instalacion-infraestructuras-recarga/porcentaje-deduccion-que-periodo-impositivo-aplica.html

Pendiente de verificar si al extenderlo han cambiado algo...

Y otra cosa, el otro día leí que la deducción te la haces solo sobre la parte restante que quedaría de aplicar el moves.
Es decir, si la instalación son 2000 € y el Moves te da 1400 € (aunque luego devuelvas la mitad), solo puedes deducirte el 15% sobre los 600 € restantes.
Es eso cierto? Yo pensaba que era sobre el total del coste de la instalación.

No, no es cierto. 15% del coste de las cantidades satisfechas (hasta un límite de 4000€ creo).

FF666

*
  • ***
  • 103
    • Ver Perfil
Re: Deducción IRPF - Cargador
« Respuesta #5 en: 09 de Enero de 2025, 02:42:03 pm »
Gracias!
Eso de la deducción restando lo del moves se lo leí a un forocochero que se llamaba paco, no hace falta decir nada más  ;D

FF666

*
  • ***
  • 103
    • Ver Perfil
Re: Deducción IRPF - Cargador
« Respuesta #6 en: 02 de Abril de 2025, 03:05:13 am »
Aprovecho este hilo porque estoy en situación también de cambio de año.
El cargador me lo han instalado en diciembre de 2024 (moves ya tramitado), pero el pago se ha domiciliado 30 días después, en enero de 2025.
Este caso no viene contemplado en la web de hacienda.
Entiendo que la deducción la haría en 2026? A ver si no se me olvida de aquí a esas fechas...

Vuelvo a citarme ya que me he puesto a echar un ojo al borrador y no puedo solicitar la deducción porque me piden las cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2024.
Se practica la deducción en el periodo impositivo en el que finaliza la instalación y como me lo han cobrado en el siguiente periodo impositivo, el 15% de 0 es cero patatero.
No me voy a morir por unos 120 euros a mayores que me salen simulando dicha deducción, pero daban para unos cuantos kilómetros cargando en casa.
Quizás con la reciente renovación del moves lo pueda solicitar para el año que viene, a ver cómo redactan los cambios en la normativa.
En fin, hay cosas peores.
Si estás leyendo esto y a ti también te ha pasado, no estás solo. Bienvenido al club del pardillo! ;D
Re: Deducción IRPF - Cargador
« Respuesta #7 en: 22 de Abril de 2025, 08:44:18 pm »
Según la web de hacienda, dice bien claro que corresponde al periodo impositivo en el que finalices la instalación. En tu caso: renta 2024.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vehiculos-embarcaciones/deduccion-irpf-adquisicion-vehiculos-electricos/deduccion-instalacion-infraestructuras-recarga/porcentaje-deduccion-que-periodo-impositivo-aplica.html

Pendiente de verificar si al extenderlo han cambiado algo...

No, no es cierto. 15% del coste de las cantidades satisfechas (hasta un límite de 4000€ creo).

Con lo que pone aquí:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2024/c16-deducciones-generales-cuota/deducciones-adquisicion-vehiculos-electricos-puntos-recarga/deduccion-instalacion-infraestructura-recarga.html

yo creo que sólo te puedes desgravar el 15% del importe - subvención, no de todo el importe.
Mi código de referidos Tesla: https://ts.la/lorea219421

mustone

*
  • *****
  • 3244
  • M3 LR RWD '23
    • Ver Perfil
Re: Deducción IRPF - Cargador
« Respuesta #8 en: 22 de Abril de 2025, 08:55:41 pm »
Con lo que pone aquí:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2024/c16-deducciones-generales-cuota/deducciones-adquisicion-vehiculos-electricos-puntos-recarga/deduccion-instalacion-infraestructura-recarga.html

yo creo que sólo te puedes desgravar el 15% del importe - subvención, no de todo el importe.
Sí, estás en lo cierto, el problema es que cuando realizas la declaración, en la mayoría de los casos ni has recibido la subvención, ni siquiera te la han confirmado… (puede que haya casos en los que sí, claro).

Yo personalmente decidí realizarla teniendo los datos a la fecha de cuando la realicé: sin subvención ni aprobada, ni confirmada ni recibida… si el día de mañana la recibo (ojalá) entonces modificaré dicha deducción devolviendo la parte pertinente. Elección personal, por supuesto.