Todo el derecho del mundo, como se hace desde hace mucho con los coches híbridos a GLP en muchos parkings.
El famoso "se reserva el derecho de admisión" les ampara.
Sí y no, para limitar el acceso debe existir una justificación técnica de seguridad acreditada en un estudio también de seguridad, por lo que excluir a cualquier 100% eléctrico (por ejemplo un Zoe de 22kWh) y permitir pasar a un híbrido de gasolina con una batería de 30kWh es, cuánto menos,
arbitrario... lo que va en contra de la ley.
Lo que se puede encontrar el del parking es que alguien con algo de tiempo libre y un BEV le pida ese estudio, no lo tenga o lo que sea peor, sea hecho por la "empresa de extintores" de forma interesantemente sesgada (estoy seguro que es esto) y acabe solicitando al ayuntamiento que le quite la licencia.
Si no puede pasar un BEV no puede pasar un híbrido aunque la batería sea de 3kWh...
Lo que tengo claro es que la comunidad de BEV en España somos unos acomplejados que no damos un golpe en la mesa ni cuando la ley, los datos y el sentido común nos ampara, siempre como si fuéramos los malos de la película... que aparcan en plazas de eléctricos, no pasa nada, que se queja el tonto del cuarto porque voy a poner un cargador, no pasa nada, que dice el cuñado de turno que no deben dejarnos aparcar porque se incendian, no pasa nada... y así nos va.