Más que no cumple la normativa, es que no está considerado como "punto de carga" y por lo tanto no es subvencionable.
Pero a nivel de ser o no legal, CIE mediante, no te pueden decir nada. Otra cosa es que no te lo cubra la subvención. 
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Cuando me refiero a que no es legal, es que no cumple los requisitos de instalación para el fin que se busca, la recarga de un vehículo eléctrico.
Estamos hablando de una comunidad de vecinos, de unos vehículos que son mirados de reojo con preocupación después de unas cuantas noticias donde incluso han fallecido profesionales (bomberos), por lo que puede haber algún vecino que considere que eso "no cumple normativa" y te toque modificarlo, y ese vecino tendrá toda la razón del mundo en el momento que exista una fotografía del vehículo conectado a esa clavija CETAC.
Así que si, no cumple normativa si el fin que se busca es la recarga de vehículo eléctrico. Si el fin es tener una toma de conexión para conectar la hormigonera los viernes por la tarde, no sería un problema, pero que el compañero, sin saber si se dedica a la albañilería, no creo que pretenda enchufar allí ese tipo de maquinaria