Y actualización que supone minimizar el riesgo de pérdida de puntos por exceso de velocidad en vías rápidas, ya que en vías de 120 km/h de límite, circular entre 121 y 150 km/h supone multa sin retirada de puntos. A partir de 151 km/h, la multa es mayor y se retiran puntos.
Por tanto, circulando al limite máximo de la velocidad del control de crucero, al menos no habrá retirada de puntos si se descubre la infracción de exceso de velocidad por las autoridades.