En teoría asi es, ma4t, pero el verdadero problema es que la carga de la prueba recae en ti. Es deicr, en un primer momento, Hacienda te revisa las declaraciones de IVA y puede pedirte las facturas que soportan el IVA que te has deducido. Si te has deducido el 100% del IVA del coche, probablemente te pedirá que le aportes documentación adicional que pruebe que el vehículo se destina integramente a su actividad empresarial. A partir de aquí se abre un abanico enorme porque dependerá de lo que has hecho con él, el tipo de actividad aue desarrollas, etc. La prueba consiste principalmente en demostrar que todos los kilometros que le haces son de trabajo por lo que tendrás que aportar detalle de los km que haces (por ejemplo, de tu casa al trabajo), si has ido a cualquier sitio a ver clientes, tendrás que detallar, cuando has ido, fechas, qué cliente, todo con justificantes... vamos, un trabajo delicado... y luego, que todo esto que les aportas les parezca bien o razonable. Muy posiblemente te derán que nanai... o aue solo te admiten parte... dependerá del inspector (incluso te pueden decir que ok cosa improbable)... puede recurrir e ir a juicio e incluso lo puedes ganar si realmente los km son de trabajo... pero ya te digo que tienes que probarlo.
Lo más sensato es deducirte sólo el 50%. Aqui generalmente suelen hacer la vista gorda (aunque no siempre).
Saludos