Imagino que muchos ya lo sabréis, pues se trata de un RD Ley de diciembre de 2021, pero leyendo noticias me acabo de topar con el, que para mi era desconocido:
https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/22/pdfs/BOE-A-2021-21096.pdfEn concreto, el artículo 4 establece que Antes del 1 de enero de 2023, todos los edificios de uso distinto al residencial privado que cuenten con una zona de uso aparcamiento con más de veinte plazas,
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-Con carácter general, se instalará una estación de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 1.000 plazas, y una estación de recarga más por cada 100 plazas adicionales o fracción.
– En los edificios que sean titularidad de la Administración General del Estado o de los organismos públicos vinculados a ella o dependientes de la misma, se instalará una estación de recarga por cada 20 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 500 plazas, y una estación de recarga más por cada 100 plazas adicionales o fracción.
No sé vosotros, pero yo no veo a los centros comerciales y parkings públicos que aún no tienen cargadores ponerse las pilas con esto a 4 meses de fin de año