Buenas tardes a todos,
Mañana me instalan el cargador en mi plaza privada del garaje comunitario de mi edificio, el administrador no me pide nada, sin embargo, el presidente se ha "empeñado" en que presente una declaración responsable, el proyecto, pagar las tasas en el Ayuntamiento etc...
Hola, no te tienen ni pueden pedir nada. Presenta el boletín de industria una vez esté instalado y dales el aviso de tu intención de instalar el PdR.
Entiendo que o existe preinstalación para llevar el cableado a tu PDR, o sino la solución es hacer un calo de forjado desde el cuarto de contadores (y de tu contador), sacar un tubo con el cableado hasta el PDR.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) regula esta instalación en su artículo 17.5. Se indica que la instalación de un punto de carga para vehículos eléctricos en garajes para uso privado, siempre que esté ubicado en una plaza individual, solo se necesitará la comunicación previa con vecinos (aviso por mail, burofax, etc al administrador/y/o presidente).
Y es que, techo, pared y pilares son elementos comunes incluidos en el art. 396 CC, básicamente no se puede negar ningún vecino aunque pase por “su techo, o columna”.
Saludos!