Para que te entre el moves el coche lo tienes que comprar antes del 31 de diciembre. Creo que lo que importa es la fecha de la factura definitiva, que es lo que suele contar siempre
Cuidado, "afirmaciones extraordinarias requieren evidencia extraordinaria".
Enlace a RD: https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/14/pdfs/BOE-A-2021-5869.pdf
Anexo II. "Documentación", la factura se cita en 2. A) 6º y especifica sus condiciones.
Lo que contradiga lo ahí expuesto no puede afirmarse.
Eso que comentas es la documentación a entregar cuando se requiera, que es en una fase posterior a la solicitud y es donde se realiza la concesión o no. Efectivamente en el punto 6º habla sobre la factura y los conceptos que deben aparecer en ella. No tiene nada que ver con lo que yo comento ni mi comentario contradice dicho punto.
Cuando compras un bien o servicio, la fecha de compra es la fecha de emisión de la factura o la fecha de valor de la misma, y es lo que se tiene en cuenta para múltiples aspectos como por ejemplo las garantías, que a falta de documento acreditativo de entrega posterior a la factura, la fecha que se tiene en cuenta es la de la propia factura.
Si el plan moves finaliza el 31 de diciembre y tienes una factura con fecha de emisión o fecha de valor posterior, yo no pondría la mano en el fuego por la concesión de la ayuda, porque efectivamente el bien o servicio lo has comprado con fecha posterior al 31 de diciembre.
Yo aún no tengo factura definitiva, y hasta donde yo se solo puedo realizar el pago cuando esa factura se emite (y no se me ocurriría pagar nada sin factura por delante).
Dicho esto, que cada uno haga sus números y planes como quiera

PD. El barquito ya está encarando el mediterráneo.
@Temboa nos has metido el veneno en el cuerpo