Me voy a apuntar tu estrategia pq si finalmente salgo de Iberdrola (si me aplican las nuevas condiciones del 60% bonificado) puede ser buena opción el ir haciendo cambios . En mi caso que tengo batería física y es posible que amplíe, una indexada con los términos de potencia por los suelos podría ser interesante.
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Buenos días,
He estado leyendo el contrato de la tarifa VE y pone: “ El Contrato se podrá prorrogar por anualidades sucesivas de acuerdo con las Condiciones Generales.”
Al final del contrato vienen las condiciones generales de este contrato. Donde se indica
“ 8.- ¿CÓMO SE MODIFICAN LAS CONDICIONES DEL CONTRATO?
8.1.- IBERDROLA informará al Cliente de la modificación de las condiciones contractuales con una antelación mínima de un (1) mes, pudiendo el Cliente terminar el contrato sin penalización alguna, salvo que sea consecuencia de una modificación normativa o decisión de un órgano administrativo o judicial.”
Entiendo que cualquier modificación de condiciones generales o particulares te las tendrían que comunicar con, al menos, 1 mes, y no valdría que te cambien las condiciones generales sin ese preaviso.
Yo estaré atento a ese preaviso y si no se produce, pelearé para que la prórroga sea en base a las condiciones generales y particulares firmadas.