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General / Re: Duda renovación Model3 IRPF
« en: 25 de Diciembre de 2024, 07:10:36 am »Hola,
primero de todo muchas gracias por tu respuesta @helper
He encontrado esta frase en la descripción de la Agencia Tributaria:
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9.7.1 Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible
Cuantía
Los contribuyentes podrán deducir el 15% del valor de adquisición de un vehículo eléctrico nuevo en cualquiera de las siguientes circunstancias:
Cuando el vehículo se adquiera desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.
En este caso, la deducción se practicará en el periodo impositivo en el que el vehículo sea matriculado.
Cuando se abone al vendedor desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, una cantidad a cuenta para la futura adquisición del vehículo que represente, al menos, el 25% del valor de adquisición del mismo.
En este caso, la deducción se practicará en el periodo impositivo en el que se abone tal cantidad, debiendo abonarse el resto y adquirirse el vehículo antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de tal cantidad.
La deducción se practicará por una única compra debiendo optar en relación a la misma por la aplicación de lo dispuesto en la letra a) o b) anterior.
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No sé si se refiere a una única compra al mismo tiempo por titular, una única compra por titular y por ejercicio fiscal o una única compra por titular de por vida.
Es un poco ambiguo.
¿Qué entiendes tu?
Gracias.
Pues si , yo estoy en el mismo caso, y realmente lo que pone la agencia tributaria me genera dudas. Alguien que lo haya hecho nos lo puede aclarar ?
Gracias.
?. Hay que desmontar medio coche. Me lo voy a pensar este finde y ya veremos si no lo anulo. A ver si va a ser peor el remedio que la enfermedad.