Yo entiendo que si en la factura no aparece el concepto del descuento de los 1000€ + IVA... va a estar la cosa complicada si se quiere obtener la ayuda. No se cómo resolverá este tema Tesla pero, espero que le estén dando una vuelta.
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Aun así, el borrador pone que está abierto a alegaciones hasta el día 14, hasta ponen el formulario para mandarlas... Estoy tentado a mandar una por el tema este...
De hecho, la "Disposición transitoria primera" la han puesto para especificar que los que han matriculado el coche desde el 1 de enero también entran, aunque también dice que deben cumplir con el resto de requisitos... una solución rápida sería que en ese caso no hiciera falta el descuento... pero a saber.
EDIT: al final me he calentado y he mandado algo así (se manda por mail cubriendo el docx ese que tienen, es muy sencillito):
Propuesta de Alegación al Proyecto de Real Decreto
• Apartado/artículo del real decreto al que se hace referencia: Artículo 8.3.b).6.º en relación con la Disposición transitoria primera.
• Comentario y Justificación: El borrador exige que la factura incluya un descuento de al menos 1.000 euros aplicado por el concesionario o fabricante, registrado bajo un concepto vinculado al Programa Auto+. Sin embargo, la Disposición transitoria primera permite subvencionar vehículos matriculados desde el 1 de enero de 2026.
Existe una imposibilidad de cumplimiento por dos razones:
1. Imposibilidad nominativa: Las facturas emitidas antes de la aprobación del decreto no pueden mencionar un programa que legalmente no existía.
2. Inexistencia del deber comercial: Los concesionarios que vendieron vehículos entre enero de 2026 y la publicación de esta norma no tenían la obligación legal de aplicar este descuento específico de 1.000 euros.
Exigir este descuento a operaciones pasadas vulnera el principio de igualdad y de confianza legítima, ya que los compradores que ya han adquirido su vehículo no pueden renegociar una factura cerrada para cumplir con un requisito sobrevenido.
• Propuestas:
Se propone modificar el Artículo 8.3.b).6.º para que la exigencia del descuento de 1.000 euros solo sea aplicable a las facturas emitidas a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto.
Para las operaciones acogidas a la Disposición transitoria primera (anteriores a la vigencia del plan), se propone que:
o No sea exigible la aplicación del descuento de 1.000 euros por parte del punto de venta.
o En su defecto, si existiera algún descuento comercial genérico, no sea necesaria la mención específica al "Programa Auto+" en el concepto de la factura.