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Gabinete especializado en pto recarga VE
« en: 22 de Abril de 2026, 09:15:20 pm »
Buenas noches,


Pues como no me dejan más opciones, necesito un gabinete de abogados especializado en temas de instalación de puntos de recarga.
El caso es que soy propietario de un parking en un garaje comunitario en un edificio de viviendas en el que no resido.
Quiero instalar un punto de recarga.
El administrador (que no es propietario se opone).
Después de haber notificado nuestra intención de instalar un punto de carga el 22 de julio de 2024!!!!, (hemos esperado casi 3 años con una falsa promesa de una instalación colectiva) habiendo contratado a una empresa certificada, haber realizado la memoria técnica, solicitar el contador en la distribuidora, aprobarlo y empezar a realizar la instalación, apareció el administrador paralizando a los obreros, avisaron a la policia, la policia nos dio la razón, nos dijo que estabamos en nuestro derecho de realizar la instalación, iban a venir mañana a terminarla, hemos recibido el siguiente email certificado:

Estimados Sr. XXXXXXX y Sra. XXXXXX:

 

Les remito el presente en nombre de mi cliente, “C.P. Aparcamientos XXXXXXXXX”, en relación con el punto de recarga de vehículo eléctrico que pretenden instalar en la plaza de aparcamiento nº XXX de la que son titulares en el edificio XXXXX de XXXXXXX, ubicado en la calle XXXXXXXXXX.

 

Respecto de dicha cuestión, la “C.P. Aparcamientos XXXXXXXXXX” tiene encargado a un Organismo de Control Autorizado en el ámbito de las instalaciones eléctricas un informe con el fin de conocer, desde un punto de vista técnico, cuál es la forma más adecuada para la instalación de dichos puntos de recarga en aparcamientos o estacionamientos colectivos interiores, teniendo en cuenta, además, que, con una alta probabilidad, habrá un gran número de propietarios que tengan la intención de contar con uno y que no pueden verse perjudicados por actuaciones individuales o particulares.

 

Por dicha razón, y siguiendo instrucciones de mi cliente, les requiero para que se abstengan de llevar a cabo ninguna suerte de montaje o colocación de punto de recarga en tanto en cuanto no se reciba el referido informe, momento en el que se determinará por la comunidad de propietarios, de común acuerdo, la manera más conveniente y menos perjudicial para el conjunto de los comuneros en lo que se refiere a dicha instalación.

 

Sin otro particular, atentamente,



Personalmente, creo que este email es un chiste, pero la situación me toca los cojones de una manera que he decidido buscar un abogado (o gabinete) especializado para:

1º Instalar mi punto de recarga
2º Pedir daños y perjuicios por estar esperando desde julio de 2024 con una falsa promesa teniendo que cargar en cargadores públicos y habiendo perdido las subvenciones del MOVES III

¿Alguna recomendación?
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Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #1 en: 23 de Abril de 2026, 05:25:13 am »
Buenos días.

Precisamente, hace unas semanas, la Sala Primera del Tribunal Supremo acabó de zanjar el asunto: la comunidad de propietarios no puede obstaculizar la instalación de un punto de recarga.

El Tribunal ha resuelto que la instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento de un edificio en régimen de propiedad horizontal, siempre que se ubique en una plaza individual del garaje comunitario, no requiere otro requisito que su comunicación previa a la comunidad.

En particular, aunque el cableado para el suministro de energía discurra en todo o en parte por elementos comunes o deba quedar sujeto a los mismos, no se precisa la autorización de la comunidad, salvo que se aprecie una afectación innecesaria o desproporcionada de dichos elementos comunes o pueda entrañar un perjuicio para los demás copropietarios.

Fuente: https://www.poderjudicial.es/cgpj/gl/Poder-Xudicial/Tribunal-Supremo/Noticias-Xudicial/El-Tribunal-Supremo-resuelve-que-la-instalacion-del-punto-de-recarga-de-vehiculos-electricos-en-una-plaza-individual-de-un-garaje-comunitario-solo-requiere-comunicarlo-previamente-a-la-comunidad-de-propietarios

Aquí puedes descargarte la sentencia íntegra del Tribunal Supremo:

https://www.lugenergy.com/imagenes//2026/01/sentencia-instalacion-puntos-de-recarga-garaje-comunitarios.pdf

El Tribunal Supremo, en su sentencia número 1745/2025, de 1 de diciembre, ha establecido que:

La instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en una plaza de garaje individual situada en un garaje comunitario solo requiere la comunicación previa a la comunidad de propietarios.

Esto significa que no es necesario solicitar autorización, ni someter la decisión a votación en junta, siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos.

Base legal: artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal

La sentencia se basa en la correcta interpretación del artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal, que regula expresamente este tipo de instalaciones.

El Tribunal Supremo confirma que la norma es clara y que su finalidad es facilitar la implantación de la movilidad eléctrica en edificios residenciales, evitando bloqueos injustificados por parte de las comunidades de propietarios.

¿Qué condiciones deben cumplirse para instalar el cargador sin permiso?

Para que la instalación sea válida sin necesidad de autorización comunitaria deben cumplirse todas las siguientes condiciones:

La plaza de garaje debe ser individual y de uso privativo, aunque esté situada dentro de un garaje comunitario.

El punto de recarga debe destinarse exclusivamente a uso privado del propietario de la plaza.

El coste de la instalación y el consumo eléctrico deben ser asumidos íntegramente por el propietario interesado.

Debe realizarse una comunicación previa a la comunidad de propietarios, preferiblemente por escrito y de forma fehaciente.

Es importante destacar que esta comunicación no es una solicitud de permiso, sino una notificación informativa.

¿Puede la comunidad de propietarios oponerse a la instalación?

Solo en casos muy excepcionales.

El Tribunal Supremo aclara que la comunidad no puede oponerse de forma genérica, incluso cuando la instalación implique el paso de cableado por elementos comunes como paredes o techos del garaje.

La oposición solo sería posible si se acredita de forma objetiva que existe una afectación innecesaria o desproporcionada de los elementos comunes, un perjuicio real y probado a otros propietarios o un incumplimiento de la normativa técnica o de seguridad aplicable.

La mera disconformidad, razones estéticas o decisiones internas de la comunidad no son motivos válidos para impedir la instalación.

¿Es necesario que la comunidad vote o apruebe la instalación?

No.

La sentencia es clara al respecto: no se requiere acuerdo en junta ni ningún tipo de mayoría.
La comunidad tampoco puede condicionar la instalación a una aprobación posterior.

Cualquier acuerdo comunitario que intente impedir una instalación que cumpla la ley carecería de base legal.

¿Qué implica esta sentencia para propietarios y comunidades?

Para los propietarios, supone una mayor seguridad jurídica y la posibilidad real de instalar un punto de recarga sin enfrentarse a bloqueos injustificados. Facilita la transición al vehículo eléctrico y reduce el riesgo de conflictos vecinales.

Para las comunidades de propietarios y administradores de fincas, implica la obligación de adaptar sus criterios a la normativa vigente y a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, evitando decisiones que puedan derivar en reclamaciones o litigios.

Fuente: https://www.lugenergy.com/sentencia-tribunal-supremo-punto-recarga-garaje-comunitario/
Mi código de referidos: https://ts.la/jaime152339

Tio Phill

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Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #2 en: 23 de Abril de 2026, 08:25:18 am »
Me resulta algo complicado que puedas reclamar y te aprueben los daños y perjuicios ocasionados, puesto que la instalación no la has realizado por miedo, básicamente. Yo llamaría a los instaladores y que terminaran los trabajos. Después que mueva ficha la comunidad de propietarios y con la sentencia que ha puesto el compañero y con la ley en la mano, no puedes perder. Lo del MOVES, a ver si te puedes acoger a la nueva convocatoria...
Código de referidos Tesla: https://ts.la/josedomingo827253
Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #3 en: 23 de Abril de 2026, 09:26:25 am »
Buah... visto lo visto...

Nos compramos un M3, Wall Charger en nuesto graje individual de adosado, nos divorciamos y me como en patatas el Tesla y el Adosado. Obviamente con mi salario un adosado yo solo no puedo... así que en un futuro me veo metiendo el Tesla en un garaje comunitario. Ya me veo llegando a una comunidad, el primer día "notificando" que voy a instalar un cargador, y seré desde el minuto zero la oveja negra de la comunidad... Este llega y ya busca lío hahahaha!!

(Sentido del humor, siempre).

Saludos!!!

keops

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Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #4 en: 23 de Abril de 2026, 11:09:27 am »
@golumgolum , haría exactamente 0,0 caso a esa comunicación que has recibido, continuaría con la instalación y que te denuncien y lleven a juicio (que perderán) si es eso lo que deciden.

Y mientras sale el juicio, tú cargando en casita tan agusto.
Ya me asombra la cantidad de paciencia que has tenido hasta ahora.

La Ley está claramente a tu favor.
Ni p. caso a esa comunicación haría yo.
Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #5 en: 23 de Abril de 2026, 03:40:43 pm »
@Der Blitz te me has adelantado con la sentencia ;D, yo la tengo guardada en el móvil y en cuanto sale algún listillo con el tema de los cargadores en los garajes comunitarios le doy en toda la boca con ella jajajaja. Precisamente hace unos días en tiktok con una noticia de que China estaba empezando a prohibir los ve en los garajes públicos, etc... en los comentarios una dice que si la comunidad decide que no puedes aparcar tu coche, refiriéndose a un eléctrico, pues no puedes y punto y yo me quedo  :o, ¿en serio hay gente con una capacidad intelectual por debajo de la de mi perrita?, le tuve que responder que eso no era así de "sencillo" que para prohibir la entrada de un vehículo a su plaza de garaje necesitarían de un informe técnico que demostrase que ese vehículo suponía un alto riesgo para la seguridad de la estructura del edificio, pues ni así, empezó a sacar el tema del seguro del edificio (yo no sé vosotros pero yo tengo mi coche con seguro incluida RC de 50 millones, vamos más que el de la casa) y lo último que dijo fue que había jurisprudencia y ahí me tocó los ()() y le pasé esta sentencia y le pedí a ella que me pasase esa sentencia que sienta jurisprudencia. Sólo recibí como respuesta que la buscase yo.

@golumgolum como dice @keops yo terminaría la instalación y me olvidaría de lo que diga la comunidad, el administrador, la hermana del administrador,... como has indicado informaste con tiempo a la comunidad y la instalación es con una empresa certificada así que no tienen absolutamente nada, y si te denuncian que vayan preparando la billetera porque les va a tocar soltar pasta.
Usa mi código de referido y ambos ganaremos: https://ts.la/emilio465031
Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #6 en: 23 de Abril de 2026, 03:43:06 pm »
Buenas tardes...


Es que esto es muy de chiste, a ratos me saca de quicio, a ratos me rio... pero es muy frustrante la situación.

El parking tiene una comunidad de propietarios del parking, a su vez encima del parking hay 3 bloques de edificios con una comunidad distinta para cada uno.
Pues bien, el cuarto de contadores de uno de los bloques, aloja el contador del parking y es ahí donde la eDistribución (Sevillana) me ha autorizado la instalación del contador y me ha asignado un CUPS.

Pues este email, me lo envía el TONTOPOLLAS de turno de la administración del bloque donde se encuentra el cuarto de contadores:


Buenos días,

 

Cómo ya le informamos ayer la comunidad de garajes es independiente al Ed. XXXXXXXXX, y corresponde a esta comunidad adecuar sus instalaciones a sus 260 propiedades y no al edificio, gestión que tiene en curso y en trámites de OCA requisito de Industria a los efectos oportunos.

 

XXXXXXXXX es otra comunidad ajena e independiente a su comunidad por lo que NO AUTORIZA NI DARÁ ACCESO a ninguna instalación ajena al edificio por lo que cualquier actuación incontenida en nuestras instalaciones será denunciada.

 

Un cordial saludo,



Al principio, la comunidad de propietarios del parking alegaba que en el futuro si X propietarios solicitaban instalar un contador para cargar sus coches, no iba a haber espacio para tanto contador, cosa que es absurdo porque hay que valorar los problemas actuales y no futuros...
Como se han dado cuenta que por ahí no van a ningún lado, ahora han aprendido lo de la OCA.

3/4 de lo mismo...

El tema de la OCA es un trámite de la comunidad de propietarios, no de mi instalación privada... pero se agarran a un clavo ardiendo...

A mi me da igual... a mi realmente, quien me está jodiendo es la empresa instaladora que retiró a los trabajadores, estando la policía, y dándoles la razón diciendoles que continuaran con la instalación...

Me hace sospechar que algún trabajador tuviese un papel de menos...

Pero bueno... acabo de llamarles y decirles que están tardando en ir a realizar la instalación... que si tienen que denunciar a alguien será a mi y con eso ya contaba... así que veremos cuando hacen la instalación...

Aclaración: No penséis que he contratado a Juan Electricista... No... he contratado a la empresa que me he ha indicado MINI. El concesionario donde compré el coche... le dije, "oye tenéis una empresa que os haga las instalaciones de los puntos de recarga a los clientes?" y me dijeron SÍ!, "Ok, pasadle mi contacto y que me llamen..."
Fueron vieron la instalación y lo vieron viable, me pasaron un presupuesto más alto que otras 2 empresas  con las que había contactado, aún así, decidí confiar en esta porque creí que tenía más respaldo...
Dependiendo como acabemos daré el nombre o no...

Seguiré informando...

Muchas gracias por vuestros comentarios!
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Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #7 en: 23 de Abril de 2026, 04:05:47 pm »
Yo también creo que no puedes reclamar nada, contrata y comunícalo y si en algún momento tienes algún problema para continuar con la instalación que le impida al instalador realizar la instalación entonces tendrás motivos para reclamar.


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Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #8 en: 23 de Abril de 2026, 05:16:02 pm »
Me resulta algo complicado que puedas reclamar y te aprueben los daños y perjuicios ocasionados, puesto que la instalación no la has realizado por miedo, básicamente. Yo llamaría a los instaladores y que terminaran los trabajos. Después que mueva ficha la comunidad de propietarios y con la sentencia que ha puesto el compañero y con la ley en la mano, no puedes perder. Lo del MOVES, a ver si te puedes acoger a la nueva convocatoria...
No viene al caso, pero no hay ninguna convocatoria de ayudas para puntos de carga este año..

Solo la deducción del IRPF. Corrígeme si me equivoco


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Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #9 en: 23 de Abril de 2026, 05:30:52 pm »
No viene al caso, pero no hay ninguna convocatoria de ayudas para puntos de carga este año..

Solo la deducción del IRPF. Corrígeme si me equivoco


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

Por ahora, y lo más probable... sólo IRPF
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Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #10 en: 24 de Abril de 2026, 01:06:11 am »
Lo que no me entra en la cabeza es que un administrador colegiado, que conoce la normativa y que muy probablemente participa en foros de administradores de fincas donde habrán dicho mil veces que es legal y que no se pueden oponer, tome esa postura tan irracional
https://www.tesla.com/es_es/referral/miguelngel412040
Si utilizas este referido al comprar tu Tesla obtendrás un descuento de 500€ (según promociones) o 1.000 Kms de supercarga. Trataré de ayudarte en lo que necesites.
Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #11 en: 24 de Abril de 2026, 09:00:41 am »
Lo que no me entra en la cabeza es que un administrador colegiado, que conoce la normativa y que muy probablemente participa en foros de administradores de fincas donde habrán dicho mil veces que es legal y que no se pueden oponer, tome esa postura tan irracional

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Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #12 en: 28 de Abril de 2026, 10:59:47 am »
No me equivocaba... el nivel de sinvergüencería que hay es brutal...

Este es el email que me ha enviado esta mañana la empresa instaladora que yo mismo contraté:

Muy Sres. Míos:
A la vista de la cadena de correos que nos han remitido resulta evidente la oposición a la instalación del cargador por parte de la Comunidad de Propietarios de "Aparcamientos XXXXXXXXXX", lo cual ha dado lugar a que por parte del Letrado Don XXXXXX XXXXXX XXXXXX se les remita email con el objeto de que se abstengan de proceder a la instalación del cargador previamente a la elaboración de un informe técnico por parte
de la Comunidad.
Así las cosas, sigue resultando imperativo lo dispuesto por el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal en cuanto que para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en plaza individual de garaje solo se requiere la comunicación previa a la Comunidad. No obstante, resulta evidente que en la actualidad dicha instalación va a plantear problemas, ya que, en caso de proceder, es probable que durante la ejecución se produzcan paralizaciones por parte de la Comunidad; por lo que hasta que no exista una autorización expresa o la situación quede resuelta, no procederemos a realizar la instalación.
Por ello, resulta aconsejable la intervención de un Abogado propio por su parte para estudiar el caso en profundidad, revisando los estatutos de las comunidades implicadas у analizando la situación de forma
detallada, con el fin de evitar problemas presentes у futuros.
En el momento en que contemos con dicha autorización estaremos encantados de proceder a la instalación; y si por el momento no es posible, y así lo desea, podemos proceder a devolverles el importe a cuenta de dicha instalación, descontando únicamente la parte correspondiente al alta de suministro eléctrico, dado que este trámite ya ha sido gestionado por nuestro equipo, incluyendo la obtención del CUPS, teniendo en cuenta que como cortesía no le cobraremos ningún gasto por el desplazamiento de nuestros técnicos el día 16 de abril por la instalación del punto de recarga.
En espera de sus noticias, un saludo.



¿Cómo te quedas?
Yo estoy un poco en shock.
La peña quiere ganar dinero sin trabajar...
Madre de mi vida...

Primero unos "notas" que no son nadie vulneran mi derecho a instalar mi punto de recarga y después, los que contrato para que hagan el trabajo dicen que no lo instalan porque no les sale de los cojones pidiendo una autorización que ellos mismos reconocen que no necesitan y dicen que se quedan con parte del dinero que les he adelantado por un trabajo que se niegan a hacer...

Entendéis ahora el título de post? GABINETE ESPECIALIZADO EN PTO RECARGA VE
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Tio Phill

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Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #13 en: 28 de Abril de 2026, 12:04:30 pm »
El problema es adelantar dinero por un trabajo no realizado. Ahora estás un poco pillado por los h...s.

Supongo que tendrás un presupuesto y en ese presupuesto se detallarán los trabajos y su coste. A ver si tirando de ahí les puedes contestar solicitando la devolución íntegra del dinero ya que no han realizado ninguna instalación
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Re: Gabinete especializado en pto recarga VE
« Respuesta #14 en: 28 de Abril de 2026, 12:47:52 pm »
Gracias por tu respuesta @Tio Phill

Hay veces que uno se siente el más gilipollas del mundo... pero... a mi me dan unas condiciones de pago que si no cumplo, no se inician los trabajos.

Si yo cumplo con mi parte, espero que la otra parte cumpla, ese es el principio de convivir en sociedad porque si no, en cualquier ámbito, todo se va al carajo y todo acaba en la ley del más fuerte... y para eso no hace falta dinero. Dinero que usamos para establecer el valor de las cosas y de nuestro trabajo y por el que se rige la sociedad en la que vivimos.

Con esto quiero llegar al punto de que muchos habréis hecho instalación de un punto de carga, o bien en vuestras viviendas o en parkings comunitarios.
Probablemente, a la mayoría les habrán dicho, para iniciar los trabajos usted me tiene que abonar X% y al finalizar el resto ¿Estamos de acuerdo? ¿Es lo normal, no? O ¿soy yo un gilipollas muy inocente?

Pues a partir de aquí, la comunidad se opone, ok... viene la policía y dice que tengo derecho a instalarlo... pero la empresa instaladora, en lugar de instalarlo, se va y dice que no lo instala... y que se queda con parte del dinero porque ha iniciado unos trámites burocráticos, que si no finalizan la instalación no sirven de nada...

A ver si con este simil me entendéis mejor:

Vais a cambiar los nemáticos del coche y al desmontar la rueda de los 5 tornillos pueden quitar sólo 4, y el último no lo pueden quitar, así que desisten y como les habías pagado X por encargar los neumáticos te van a devolver X-Z... y te cobran lo que ellos estimen porque hay quitado 4 tornillos.
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