Este es un tema muuuy recurrente en los foros relacionados con el VE, y como llevo bastante tiempo informándome sobre ello siempre me gusta aportar lo que puedo.
La potencia máxima del Model 3 Performance no es exactamente la misma que la de los LR AWD. Según los datos de matriculaciones de la DGT, los
Performance tienen
355 o 360kW, mientras que los
LR AWD tienen
340 o 350kW. El hecho de que haya dos potencias distintas para cada versión se podría deber al aumento mediante OTA que realizó TESLA en el mes de marzo, pues es poco después que empiezan a aparecer los Model 3 de 360 y 350kW.
Las potencias fiscales de los Model 3 son, según los datos de matriculaciones de la DGT:
SR+ & LR RWD —> 19,4CVF
LR AWD —> 29,69CVF
Performance —> 30,08CVFHay que aclarar que la potencia fiscal NO deriva de la potencia máxima. La potencia fiscal se calcula según el Anexo V del RGV (
https://www.boe.es/buscar/pdf/1999/BOE-A-1999-1826-consolidado.pdf), que dice lo siguiente:
Dónde, en el caso de VE, la potencia efectiva es la suma de las potencia máximas mantenida durante 30 minutos de los motores eléctricos de los que dispone el vehículo, aunque anteriormente se habían usado otras potencias como “potencia efectiva”, pero esto ya es otro tema.
A partir de esto, se pueden deducir que las potencias máximas mantenidas durante 30 minutos de las distintas versiones son:
SR+ & LR RWD —> 100kW
LR AWD —> 153kW
Performance —> 155kWQue es la que habrá declarado TESLA en las fichas de homologación correspondientes. De hecho, he visto el certificado de conformidad europeo de un LR RWD y efectivamente, la potencia máxima mantenida durante 30 minutos es de 100kW.
Para quien quiera profundizar en el tema sobre como se miden estas potencias —> R85 (
https://www.boe.es/doue/2014/323/L00052-00090.pdf).
Y sí, según la legislación estatal, la bonificación máxima del IVTM según las “clase de carburante” que consumen es del 75%. A criterio del ayuntamiento, pero de un máximo del 75%. En el caso de vehículos de mas de 25 años, esta bonificación puede ser del 100%. Claro que estas limitaciones NO aplican en las instituciones que disfrutan del régimen foral.