Texto sacado de la misma página de ICAEN.
https://icaen.gencat.cat/ca/energia/ajuts/mobilitat/pla-moves-iii/faqs/"Tal y como especifica el IDAE, si la persona que recibe la ayuda no realiza actividad económica, la ayuda se considera una ganancia patrimonial, estará sujeta al impuesto sobre la renta.
En el caso de personas que realizan actividades económicas, las ayudas pueden tener consideración de rendimiento de la actividad o ganancia patrimonial dependiendo del destino de la ayuda.
En cuanto al importe a tributar, depende de cada caso, pero orientativamente suele ser entre un 30% y un 40% del importe recibido.
Para información más precisa y detallada, puede consultar la web del IDAE y el régimen tributario de la ayuda recibida en el Servicio de Información RENTA con teléfono 901 33 55 33 (de lunes a viernes de 9 a 19 horas)"
Pero si, es muy triste que una subvención tenga que tributar.