El registro en este foro no incluye alta en el Club. Para altas en el Club Tesla Oficial sigue este enlace

Foro: Club Tesla España

Accede aquí a la web oficial del Club

Re: Sobre el cargador
« Respuesta #60 en: 30 de Julio de 2022, 10:27:18 pm »
El balanceo de carga es una maravilla si lo tienes, por la tranquilidad que da, sobretodo en verano.

Muchos días tengo que cargar el coche a tope a la vez que tengo el aire acondicionado y cocinando, y si no fuera por el balanceo tendría que hacer muchas comedias.

Sigo pensando que no son maneras lo que se plantea en este hilo, de buscar la manera más cutre de cargar un coche de 50.000€ o 40.000, y no es un debate de cuánto cuesta ganar el dinero ni vayamos por ahí. Es lo que es, una cutrez y racanería.

El problema es que estás generalizando demasiado, cada caso es diferente. Que a ti cierto tipo de instalación te sea útil no significa que lo sea para todo el mundo. Por ejemplo, a mi el balanceo de carga me aporta 0, porque cargo de noche y tengo contratada la máxima potencia en valle (además, dentro de poco pondré un contador aparte, por lo que me hará aún menos falta).

Y lo mismo respecto a que sea una cutrez o no, cada situación es diferente. En lo que comentaba antes de mi 2ª residencia, para 2 cargas al año es tontería poner un wallbox. Ya no solo porque es dinero gastado en algo que me aporta poco valor extra, es que además es otro aparato más del que te tienes que preocupar, que se puede romper, te lo pueden robar, etc. En algunos casos será una cutrez, pero en otros no, y es bueno conocer las opciones disponibles (para eso está el foro).

Pablopirineos

*
  • ****
  • 422
  • NMC + Dual motor = The best
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #61 en: 30 de Julio de 2022, 11:31:21 pm »
El balanceo de carga es una maravilla si lo tienes, por la tranquilidad que da, sobretodo en verano.

Muchos días tengo que cargar el coche a tope a la vez que tengo el aire acondicionado y cocinando, y si no fuera por el balanceo tendría que hacer muchas comedias.

Sigo pensando que no son maneras lo que se plantea en este hilo, de buscar la manera más cutre de cargar un coche de 50.000€ o 40.000, y no es un debate de cuánto cuesta ganar el dinero ni vayamos por ahí. Es lo que es, una cutrez y racanería.

El problema es que estás generalizando demasiado, cada caso es diferente. Que a ti cierto tipo de instalación te sea útil no significa que lo sea para todo el mundo. Por ejemplo, a mi el balanceo de carga me aporta 0, porque cargo de noche y tengo contratada la máxima potencia en valle (además, dentro de poco pondré un contador aparte, por lo que me hará aún menos falta).

Y lo mismo respecto a que sea una cutrez o no, cada situación es diferente. En lo que comentaba antes de mi 2ª residencia, para 2 cargas al año es tontería poner un wallbox. Ya no solo porque es dinero gastado en algo que me aporta poco valor extra, es que además es otro aparato más del que te tienes que preocupar, que se puede romper, te lo pueden robar, etc. En algunos casos será una cutrez, pero en otros no, y es bueno conocer las opciones disponibles (para eso está el foro).

Yo también tengo contratada la Máxima potencia y por eso precisamente necesito el balanceo de carga: me interesa cargar el coche al máximo a la vez que utilizo electrodomésticos por la noche y sacar todo el partido a los 7,4 kW.
No entiendo eso de que no lo necesitas, desde luego si no lo tienes no lo necesitas, como todas las comodidades del mundo en el que vivimos. Yo el Tesla realmente tampoco lo necesito, me apañaba con mi vehículo anterior, pero me apetecía cambiar.

En cuanto a lo de la Segunda residencia totalmente de acuerdo, no tiene sentido para pocas cargas al año.
Lo del contador aparte tiene sus pros y contras… lógicamente ahora no me daría un alta nueva y contador nuevo con las tarifas penalizadas por el tope del gas…




 

Xawd

*
  • ****
  • 466
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #62 en: 30 de Julio de 2022, 11:55:13 pm »
El balanceo de carga es una maravilla si lo tienes, por la tranquilidad que da, sobretodo en verano.

Muchos días tengo que cargar el coche a tope a la vez que tengo el aire acondicionado y cocinando, y si no fuera por el balanceo tendría que hacer muchas comedias.

Sigo pensando que no son maneras lo que se plantea en este hilo, de buscar la manera más cutre de cargar un coche de 50.000€ o 40.000, y no es un debate de cuánto cuesta ganar el dinero ni vayamos por ahí. Es lo que es, una cutrez y racanería.

El problema es que estás generalizando demasiado, cada caso es diferente. Que a ti cierto tipo de instalación te sea útil no significa que lo sea para todo el mundo. Por ejemplo, a mi el balanceo de carga me aporta 0, porque cargo de noche y tengo contratada la máxima potencia en valle (además, dentro de poco pondré un contador aparte, por lo que me hará aún menos falta).

Y lo mismo respecto a que sea una cutrez o no, cada situación es diferente. En lo que comentaba antes de mi 2ª residencia, para 2 cargas al año es tontería poner un wallbox. Ya no solo porque es dinero gastado en algo que me aporta poco valor extra, es que además es otro aparato más del que te tienes que preocupar, que se puede romper, te lo pueden robar, etc. En algunos casos será una cutrez, pero en otros no, y es bueno conocer las opciones disponibles (para eso está el foro).

Yo también tengo contratada la Máxima potencia y por eso precisamente necesito el balanceo de carga: me interesa cargar el coche al máximo a la vez que utilizo electrodomésticos por la noche y sacar todo el partido a los 7,4 kW.
No entiendo eso de que no lo necesitas, desde luego si no lo tienes no lo necesitas, como todas las comodidades del mundo en el que vivimos. Yo el Tesla realmente tampoco lo necesito, me apañaba con mi vehículo anterior, pero me apetecía cambiar.

En cuanto a lo de la Segunda residencia totalmente de acuerdo, no tiene sentido para pocas cargas al año.
Lo del contador aparte tiene sus pros y contras… lógicamente ahora no me daría un alta nueva y contador nuevo con las tarifas penalizadas por el tope del gas…

Sube la potencia en valle y ya no tendrás que balancear que no es lo que vale,el precio del vehículo se lo vale. ;)

keops

*
  • *****
  • 26163
  • LFP POWER
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #63 en: 31 de Julio de 2022, 12:09:26 am »
@Pablopirineos , no generalices, el balanceo de carga es algo bueno, pero no es imprescindible.

Tengo más de 17 kW en casa (25A en trifásica) en mi piso.
Pero tengo un M3P que solamente admite 11 kW.

Cómo comprenderás, el balanceo de carga no lo necesito.
Da igual el precio del coche.

Enviado desde un disponible móvil. Perdonar por la brevedad.

ma4t

*
  • *****
  • 1229
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #64 en: 02 de Agosto de 2022, 07:48:10 pm »
Creo que todos tenéis razón aunque no lo parezca.

Supongo que los "puntos de carga" se han definido como lugares donde hay un cargador, o una toma de enchufe para ir con un MC.

El problema es que la norma no contempla la posibilidad de tener un MC con conexión CETAC.

Eso no quiere decir que no puedas montar un enchufe CETAC donde te salga de los huevos (cumpliendo la normativa) para "todo tipo de usos" y casualmente le enchufes un Juice Booster de 32A.

Lo malo es que como eso no se puede llamar "punto de carga", no pillas subvención.

Ahora bien: también puedes mirar de montar un Punto de Carga con Schuko, cobrar la subvención y luego añadirle una conexión CETAC para usar una radial, un taladro o una hormigonera... (Igual se puede hacer).

Qué dicen los expertos?


-------------------------------------------
M3 LFP MiC 2022 LFP | Haters gonna hate

Pienso bastante parecido en varios puntos de tu comentario de tu comentario. Eso sí, en mi opinión eso de que no le puedas llamar “punto de carga” tiene implicaciones más allá de la subvención, pues realmente el tema está en que no puedes decir que la instalación esté acorde a la ITC BT-52, y eso tiene sus derivadas.

Respecto a lo que dicen los expertos, si por ellos te refieres al Ministerio de Industria, para mi la respuesta (que no interpretación oficial) fué bastante cristalina, y creo que no deja de decir lo mismo que intento trasladar en estos mensajes. Si alguien desconfía lo animo a trasladar la consulta, y si puede ser, comparta la respuesta por aquí ;).

Este grupo de expertos no dice nada de no poder cargar en una base,por lo tanto se puede cargar.Esta era la pregunta inicial.Y si la normativa CE está por encima de las locales si quieres estar en ella no puedes entrar en contradicción.
Si quieres vender tu producto en EEUU tienes que cumplir normas UL,si o si y ese producto será funcional tanto en Nebraska como en Florida.Aqui en Europa pasa exactamente igual sin está unificación sería un lío local de normas.

La instrucción indica las bases en las que se debe cargar acorde a esa misma ITC por lo que, al mismo tiempo, está indicando en las que no se puede. La palabra “deberán” o “deberá” es explícita; la definición de las bases también, como he comentado ya bastantes veces.

No he dicho que la normativa CE esté o no por encima, pero supongo que si conoces mínimamente el marcado CE sabrás que refiere al producto y no a la instalación. ¿Crees que los productos con marcado CE están exentos de cumplir las reglamentaciones locales de instalación? ¿Crees que en Francia, por ejemplo, se pueden instalar los mismos tipos de socket que se instalan mayoritariamente en España y que, por supuesto, llevan el marcado CE? Te bien aseguro que no. La normativa de instalación en Francia no es la misma que en España, que tampoco es la misma que en Italia que tampoco es la misma que en Alemania. Y esto tiene implicaciones a nivel de producto. Si algún dia tienes la ocasión de viajar a Francia y acercarte a un socket tipo 2 verás que tiene alguna particularidad que no tienen los que puedes encontrar por España. Y no es por capricho de los instaladores, fabricantes o usuarios, si no por "capricho" (no me gusta hablar así de una reglamentación, pero en este caso creo que se le puede llamar directamente así) de la reglamentación local.

No sé a qué te refieres por toma de corriente “final”

Me refiero a la toma con la que va a interactuar el usuario, donde se hace la conexión del cable entre estación de carga y vehículo. Obviamente, no puede ser un CETAC, pero como decía antes, si el MC se "integra" dentro de la instalación y el usuario en teoría solo necesita tocar el Tipo 2, esa sería la base de toma de corriente o conexión final que estipula la normativa. El CETAC no contaría como prolongador o adaptador, ya que se sitúa antes de la estación de carga, no después, por lo que sería una parte de la instalación que el usuario (en teoría) no va a manipular.

A ver, pensándolo bien, reconozco que quizá se trate más bien de un laguna en la normativa, y que si quitas el MC estarías haciendo un cambio en la instalación. Pero no veo por qué no se podría certificar como PdR haciéndolo así.



Hacer eso significaría considerar un MC conectado a un CETAC como un modo 3. Al final es Industria quien tiene la palabra, y a mi por lo menos se me haría difícil tratar de justificar que un aparato llamado Mobile Connector (con un conector que incluso es intercambiable para poder cargar en distintas tomas) forma parte de la instalación eléctrica fija para la recarga del VE… para mi un MC entra claramente en la definición de modo 2. De hecho creo que incluso pueden tener especificaciones distintas a nivel de componentes según normas IEC.

inigoml

*
  • *****
  • 6855
  • I'll miss you, LFP!
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #65 en: 02 de Agosto de 2022, 09:07:26 pm »
Por si os queréis reir...
PdR CCS de 50kW del concesionario de Porsche de Majadahonda, Polígono del Carrelero. Ojo a la conexión a red.  ;D

P.D: La foto es de 2019. A lo mejor ya lo han cambiado.
Descuento en tu Tesla:
https://ts.la/iigo313438

keops

*
  • *****
  • 26163
  • LFP POWER
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #66 en: 02 de Agosto de 2022, 09:14:28 pm »
Por si os queréis reir...
PdR CCS de 50kW del concesionario de Porsche de Majadahonda, Polígono del Carrelero. Ojo a la conexión a red.  ;D

P.D: La foto es de 2019. A lo mejor ya lo han cambiado.
50 kW?

Enviado desde un disponible móvil. Perdonar por la brevedad.

ma4t

*
  • *****
  • 1229
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #67 en: 02 de Agosto de 2022, 09:20:49 pm »
Por si os queréis reir...
PdR CCS de 50kW del concesionario de Porsche de Majadahonda, Polígono del Carrelero. Ojo a la conexión a red.  ;D

P.D: La foto es de 2019. A lo mejor ya lo han cambiado.

Eso no es un CCS ni mucho menos de 50 kW. Es una dock para el "Universal" o "Mobile" Charger de Porshce (no sé exactamente como le llaman). Viendo el azul del CETAC muy probablemente no pase de 32 A en monofásica. Y eso es justo al "invento" que me refería con el último párrafo de este mensaje https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=6685.msg90843#msg90843.

Dicho esto, sí he visto unos cuantos equipos CCS de 50 kW (limitados) conectados mediante una toma CETAC, evidentemente de mayor tamaño que esa y trifásica, pero nunca en el ámbito público.

inigoml

*
  • *****
  • 6855
  • I'll miss you, LFP!
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #68 en: 02 de Agosto de 2022, 09:27:42 pm »
Eso no es un CCS ni mucho menos de 50 kW. Es una dock para el "Universal" o "Mobile" Charger de Porshce (no sé exactamente como le llaman). Viendo el azul del CETAC muy probablemente no pase de 32 A en monofásica. Y eso es justo al "invento" que me refería con el último párrafo de este mensaje https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=6685.msg90843#msg90843.
Dicho esto, sí he visto unos cuantos equipos CCS de 50 kW (limitados) conectados mediante una toma CETAC, evidentemente de mayor tamaño que esa y trifásica, pero nunca en el ámbito público.
Lo he visto en electromaps de casualidad dado que hoy subía a Las Rozas un poco justo de batería y en caso de emergencia quería tener algo a mano. Por lo que veo en las fotos en esa ubicación hay un CCS2 de 50 y un tipo 2 de 22kw, así que probablemente sea este segundo. Pero vamos, aun así... me ha hecho gracia.  ;)
https://map.electromaps.com/es/p/92377


Descuento en tu Tesla:
https://ts.la/iigo313438

ma4t

*
  • *****
  • 1229
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #69 en: 02 de Agosto de 2022, 09:41:50 pm »
Eso no es un CCS ni mucho menos de 50 kW. Es una dock para el "Universal" o "Mobile" Charger de Porshce (no sé exactamente como le llaman). Viendo el azul del CETAC muy probablemente no pase de 32 A en monofásica. Y eso es justo al "invento" que me refería con el último párrafo de este mensaje https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=6685.msg90843#msg90843.
Dicho esto, sí he visto unos cuantos equipos CCS de 50 kW (limitados) conectados mediante una toma CETAC, evidentemente de mayor tamaño que esa y trifásica, pero nunca en el ámbito público.
Lo he visto en electromaps de casualidad dado que hoy subía a Las Rozas un poco justo de batería y en caso de emergencia quería tener algo a mano. Por lo que veo en las fotos en esa ubicación hay un CCS2 de 50 y un tipo 2 de 22kw, así que probablemente sea este segundo. Pero vamos, aun así... me ha hecho gracia.  ;)
https://map.electromaps.com/es/p/92377

Según Electromaps (aunque a veces también falla) hay 4 conectores; 1 x CCS a 50 kW, 1 x tipo 2 a 22 kW y 2 x tipo 2 a 3,7 kW. Por las fotos parece que haya un Terra 54 con el CCS + tipo 2 a 22 kW (no me suena que los haya con tipo 2 a 3,7 kW) y un par de "Wallbox" de Porsche con el tipo 2 monofásico, muy probablemente de 3,7 kW.

Por lo menos todos los CETAC que he visto yo azules como el de la imagen eran monofásicos a 16 o 32 A, mientras que los rojos eran trifásicos a 16, 32, 63, 125... con o sin neutro. Imagino que será por norma o algo.

Xawd

*
  • ****
  • 466
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #70 en: 02 de Agosto de 2022, 09:46:17 pm »
Los azules son monofásicos.No por algo si no por norma CE.Siempre que no superen los 250v.Los de 380 a 480 pasan a ser rojos .Los de 500v a 690v negros.Podrian ser azules en una trifásica de 220v.Normas CIE dentro de normas CE.

inigoml

*
  • *****
  • 6855
  • I'll miss you, LFP!
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #71 en: 02 de Agosto de 2022, 09:56:08 pm »
Por lo menos todos los CETAC que he visto yo azules como el de la imagen eran monofásicos a 16 o 32 A, mientras que los rojos eran trifásicos a 16, 32, 63, 125... con o sin neutro. Imagino que será por norma o algo.
Yep, azules todos los que he visto son monofásicos. 3 pines.
Descuento en tu Tesla:
https://ts.la/iigo313438

Xawd

*
  • ****
  • 466
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #72 en: 02 de Agosto de 2022, 11:07:03 pm »
Creo que todos tenéis razón aunque no lo parezca.

Supongo que los "puntos de carga" se han definido como lugares donde hay un cargador, o una toma de enchufe para ir con un MC.

El problema es que la norma no contempla la posibilidad de tener un MC con conexión CETAC.

Eso no quiere decir que no puedas montar un enchufe CETAC donde te salga de los huevos (cumpliendo la normativa) para "todo tipo de usos" y casualmente le enchufes un Juice Booster de 32A.

Lo malo es que como eso no se puede llamar "punto de carga", no pillas subvención.

Ahora bien: también puedes mirar de montar un Punto de Carga con Schuko, cobrar la subvención y luego añadirle una conexión CETAC para usar una radial, un taladro o una hormigonera... (Igual se puede hacer).

Qué dicen los expertos?


-------------------------------------------
M3 LFP MiC 2022 LFP | Haters gonna hate

Pienso bastante parecido en varios puntos de tu comentario de tu comentario. Eso sí, en mi opinión eso de que no le puedas llamar “punto de carga” tiene implicaciones más allá de la subvención, pues realmente el tema está en que no puedes decir que la instalación esté acorde a la ITC BT-52, y eso tiene sus derivadas.

Respecto a lo que dicen los expertos, si por ellos te refieres al Ministerio de Industria, para mi la respuesta (que no interpretación oficial) fué bastante cristalina, y creo que no deja de decir lo mismo que intento trasladar en estos mensajes. Si alguien desconfía lo animo a trasladar la consulta, y si puede ser, comparta la respuesta por aquí ;).

Este grupo de expertos no dice nada de no poder cargar en una base,por lo tanto se puede cargar.Esta era la pregunta inicial.Y si la normativa CE está por encima de las locales si quieres estar en ella no puedes entrar en contradicción.
Si quieres vender tu producto en EEUU tienes que cumplir normas UL,si o si y ese producto será funcional tanto en Nebraska como en Florida.Aqui en Europa pasa exactamente igual sin está unificación sería un lío local de normas.

La instrucción indica las bases en las que se debe cargar acorde a esa misma ITC por lo que, al mismo tiempo, está indicando en las que no se puede. La palabra “deberán” o “deberá” es explícita; la definición de las bases también, como he comentado ya bastantes veces.

No he dicho que la normativa CE esté o no por encima, pero supongo que si conoces mínimamente el marcado CE sabrás que refiere al producto y no a la instalación. ¿Crees que los productos con marcado CE están exentos de cumplir las reglamentaciones locales de instalación? ¿Crees que en Francia, por ejemplo, se pueden instalar los mismos tipos de socket que se instalan mayoritariamente en España y que, por supuesto, llevan el marcado CE? Te bien aseguro que no. La normativa de instalación en Francia no es la misma que en España, que tampoco es la misma que en Italia que tampoco es la misma que en Alemania. Y esto tiene implicaciones a nivel de producto. Si algún dia tienes la ocasión de viajar a Francia y acercarte a un socket tipo 2 verás que tiene alguna particularidad que no tienen los que puedes encontrar por España. Y no es por capricho de los instaladores, fabricantes o usuarios, si no por "capricho" (no me gusta hablar así de una reglamentación, pero en este caso creo que se le puede llamar directamente así) de la reglamentación local.

No sé a qué te refieres por toma de corriente “final”

Me refiero a la toma con la que va a interactuar el usuario, donde se hace la conexión del cable entre estación de carga y vehículo. Obviamente, no puede ser un CETAC, pero como decía antes, si el MC se "integra" dentro de la instalación y el usuario en teoría solo necesita tocar el Tipo 2, esa sería la base de toma de corriente o conexión final que estipula la normativa. El CETAC no contaría como prolongador o adaptador, ya que se sitúa antes de la estación de carga, no después, por lo que sería una parte de la instalación que el usuario (en teoría) no va a manipular.

A ver, pensándolo bien, reconozco que quizá se trate más bien de un laguna en la normativa, y que si quitas el MC estarías haciendo un cambio en la instalación. Pero no veo por qué no se podría certificar como PdR haciéndolo así.



Hacer eso significaría considerar un MC conectado a un CETAC como un modo 3. Al final es Industria quien tiene la palabra, y a mi por lo menos se me haría difícil tratar de justificar que un aparato llamado Mobile Connector (con un conector que incluso es intercambiable para poder cargar en distintas tomas) forma parte de la instalación eléctrica fija para la recarga del VE… para mi un MC entra claramente en la definición de modo 2. De hecho creo que incluso pueden tener especificaciones distintas a nivel de componentes según normas IEC.


Certificación CE. El Indicador de conformidad europeo
El marcado CE es el pasaporte para los productos, garantizando su libre circulación en el Espacio Económico Europeo (EEE).
Para comercializarse, los productos y equipos eléctricos deben cumplir los criterios técnicos recogidos en la legislación de la Unión Europea de armonización aplicable, incluyendo la colocación del logotipo sobre el producto o la documentación de acompañamiento, independientemente del lugar de fabricación del producto.

La certificación CE o certificación europea consiste en un proceso de evaluación de la conformidad, en el que pueden formar parte organismos de certificación notificados como AENOR, por el cual, el fabricante o su representante autorizado asumen la responsabilidad de las prestaciones declaradas y la conformidad con los requisitos del marcado CE.

AENOR es un organismo notificado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo o por el Ministerio de Fomento.

Como certificado de conformidad europeo, debe cumplir con los criterios establecidos en las Directivas o Reglamentos Europeos, así como en las normas técnicas EN (normas europeas) si procede, que aplican a la comercialización del producto. Cuando un Organismo Notificado (ON) participa en la fase de control de la producción de conformidad con la legislación de armonización de la Unión Europea (UE) aplicable, su número de identificación debe figurar junto al marcado CE.



La certificación de marcado CE puede integrarse con certificaciones voluntarias, tanto de producto (Marca AENOR N, ENEC, Har…) como de sistemas de gestión de la calidad basado en la norma UNE-EN ISO 9001.

Objetivos

Para el fabricante:​​

El marcado CE permite acceder sin restricciones al mercado europeo, evitando barreras técnicas.
El marcado CE se reconoce además en otros mercados a nivel global.
Para el consumidor:

El marcado CE centra su razón de ser principal en la seguridad de los usuarios de los productos y en el cumplimiento de las normas armonizadas europeas.
El marcado CE determina unos niveles mínimos de seguridad, funcionalidad, ahorro energético y protección ambiental

En resumen:Si eres fabricante de cargadores y tienes el certificado CE lo puedes vender e utilizar en Francia,Alemania,Italia,Portugal....por cierto paises en que he estado.
Por lo tanto lo puedes conectar donde te salga de los.....y conectarlo con una base adaptable de cada pais en cuestion.
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #73 en: 02 de Agosto de 2022, 11:07:28 pm »
El "invento" de Porsche cargaba a 7,2 kW como máximo, si no recuerdo mal. Y el CETAC azul parece uno pequeño, de 16 A, casi seguro que esos son los de 3,7 kW.

A esto era a lo que me refería con lo de que el CETAC no sea la toma final, independientemente de si el aparato se llama "Mobile" o como se llame (y viendo por ejemplo un Policharger por dentro, que no tiene casi nada, dudo que haya muchas diferencias). Sigo pensando que no hay diferencia entre un MC con CETAC dentro de una caja y el sistema de docking de Porsche (con el que hicieron la instalación los de Domoelectra, acorde al esquema 4a de la ITC-52, según ellos: https://www.domoelectra.com/irve-como-instalar-cetac-32a-monofasico-para-coche-electrico/). Otra cosa es que sea legal desenchufar el sistema de carga del CETAC, pero eso ya es otra historia.

ma4t

*
  • *****
  • 1229
    • Ver Perfil
Re: Sobre el cargador
« Respuesta #74 en: 03 de Agosto de 2022, 07:36:59 pm »
Certificación CE. El Indicador de conformidad europeo
El marcado CE es el pasaporte para los productos, garantizando su libre circulación en el Espacio Económico Europeo (EEE).
Para comercializarse, los productos y equipos eléctricos deben cumplir los criterios técnicos recogidos en la legislación de la Unión Europea de armonización aplicable, incluyendo la colocación del logotipo sobre el producto o la documentación de acompañamiento, independientemente del lugar de fabricación del producto.

La certificación CE o certificación europea consiste en un proceso de evaluación de la conformidad, en el que pueden formar parte organismos de certificación notificados como AENOR, por el cual, el fabricante o su representante autorizado asumen la responsabilidad de las prestaciones declaradas y la conformidad con los requisitos del marcado CE.

AENOR es un organismo notificado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo o por el Ministerio de Fomento.

Como certificado de conformidad europeo, debe cumplir con los criterios establecidos en las Directivas o Reglamentos Europeos, así como en las normas técnicas EN (normas europeas) si procede, que aplican a la comercialización del producto. Cuando un Organismo Notificado (ON) participa en la fase de control de la producción de conformidad con la legislación de armonización de la Unión Europea (UE) aplicable, su número de identificación debe figurar junto al marcado CE.



La certificación de marcado CE puede integrarse con certificaciones voluntarias, tanto de producto (Marca AENOR N, ENEC, Har…) como de sistemas de gestión de la calidad basado en la norma UNE-EN ISO 9001.

Objetivos

Para el fabricante:​​

El marcado CE permite acceder sin restricciones al mercado europeo, evitando barreras técnicas.
El marcado CE se reconoce además en otros mercados a nivel global.
Para el consumidor:

El marcado CE centra su razón de ser principal en la seguridad de los usuarios de los productos y en el cumplimiento de las normas armonizadas europeas.
El marcado CE determina unos niveles mínimos de seguridad, funcionalidad, ahorro energético y protección ambiental

En resumen:Si eres fabricante de cargadores y tienes el certificado CE lo puedes vender e utilizar en Francia,Alemania,Italia,Portugal....por cierto paises en que he estado.
Por lo tanto lo puedes conectar donde te salga de los.....y conectarlo con una base adaptable de cada pais en cuestion.

Te aseguro que sé de buena mano que muchos cargadores, por mucho que tengan el marcado CE, no se pueden instalar en algunos de estos países que mencionas. El hecho de haber estado en un país por si solo, obviamente, no te da el conocimiento sobre qué se puede instalar y qué no; de ahí el inciso a acercarse a mirar un (o varios) socket tipo 2, pues es una forma de darse cuenta que "algo hay".


Esta es la respuesta textual a una consulta (que no puede considerarse una "interpretación oficial" de la normativa, como es lógico) sobre este tema al Ministerio de Industria:

"La tabla 3 de la ITC-BT 52 establece los tipos de bases de toma de corriente a utilizar para los modos de carga 1,2 o 3. La tabla no aplica a la recarga en modo 4 o recarga en continua. En el ámbito doméstico y según la tabla se puede utilizar cualquier tipo de toma de corriente de las de la tabla, excepto la que cumple con la norma UNE-EN62196-2, tipo 2, de 63 A cuya utilización por su alta intensidad no está prevista para viviendas.

La base tipo industrial, a veces denominada “CETAC”, a la que se refiere la pregunta no es una base que esté prevista para equipar un circuito de recarga de vehículo eléctrico, ni tampoco para su uso en el ámbito doméstico, sino que su uso debe reservarse al sector industrial, ya que los requisitos constructivos y normativos son distintos.

Para la recarga del vehículo eléctrico (VE) en corriente alterna (modos 1, 2 o 3) se deben utilizar bases específicas previstas para el VE, que son las que cumple con la norma UNE-EN 62196-2, además en el ámbito doméstico y como excepción a la regla general anterior se puede utilizar también la base Schuko según norma UNE 20315 y siempre que dicho circuito se proteja correctamente contra sobrecargas, evitando de esta forma el riesgo de sobrecarga en todo el circuito y de forma particular en la propia base de corriente.."


Supongo que habrá quien intente seguir buscándole tres pies al gato, poniendo en duda lo que dice esta respuesta, interpretándola de mil y una maneras con tal de justificar que "lo puedes conectar donde te salga de los..." o incluso la procedencia de la respuesta. Sobre esto último, cada uno es libre de hacer llegar su consulta al Ministerio y compartir su respuesta.