Foro Club Tesla España
Zona Tesla => Model 3 => Mensaje iniciado por: Pere.dm en 25 de Julio de 2022, 10:40:25 am
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Hola en breve voy a tener un model 3 basico y mi duda es si vale la pena montarse el cargador de Tesla en casa o con él que lleva el coche al comprarlo poniendole el acople monofasico de 32 amperios va de sobra?saludos.
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También puedes poner el eallbox de otra marca.
En principio, para cargar a 32A con el MC, tendrás que comprar el adaptador y hacer una buena instalación (básicamente como si fueses a poner un wallbox), luego poner una toma XETAC azul en la pared. Te ahorras el cacharrito, pero a cambio, si te lo quieres llevar tienes que estar liando y desliando cables.
Imagino que el garaje es privado/cerrado, no? En caso contrario el de pared es más seguro.
Luego ya otra cosa es plantearte si quieres control dinámico de potencia para que no salten los plomos.
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Y otra cosa a tener en cuenta también es que con CETAC la instalación no cumpliría la normativa, que solamente recoge Schuko y wallbox dedicado, aunque suene ilógico.
Enviado desde un disponible móvil. Perdonar por la brevedad.
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La instalacion que tengo prevista es base de enchufe azul de pared de 32amp. e instalacion con cable de 6mm.
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El garaje es privado,y mi duda es por si el cargador de pared carga mejor que el portatil
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Control dinamico de potencia el cargador portatil no lo hace?
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Control dinamico de potencia el cargador portatil no lo hace?
Nein.
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Si tienes garaje privado, te comprar el WC Gen2 y a tirar millas.
Le haces una buena instalación con cable de 6mm mínimo (lo suyo sería 10 y olvidarte) y te subes la potencia en casa para poder cargar a 5kW (o 7kW si le has metido cable de 10).
En una una noche (10h) lo llenas si lo tenías por encima del 10%.
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Y otra cosa a tener en cuenta también es que con CETAC la instalación no cumpliría la normativa, que solamente recoge Schuko y wallbox dedicado, aunque suene ilógico.
¿Que normativa?
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Que yo sepa puedes instalar una base de 32a,siempre que tengas las protecciones adecuadas y la potencia para esta.No se que normativa es esa.
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Modo de carga 2». Conexión del vehículo eléctrico a la red de alimentación de corriente alterna no excediendo de 32A y 250 V en corriente alterna monofásica o 480 V en trifásico, utilizando tomas de corriente normalizadas monofásicas o trifásicas y usando los conductores activos y de protección junto con una función de control piloto y un sistema de protección para las personas, contra el choque eléctrico (dispositivo de corriente diferencial), entre el vehículo eléctrico y la clavija o como parte de la caja de control situada en el cable.
¿Te refieres a esta?
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Entonces se puede.
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Control dinamico de potencia el cargador portatil no lo hace?
El cargador portatil de Policharger si lo trae si lo pides con él. Te sirve de pared y portatil y la instalación cumpliría toda la normativa. Pero para sacar 32A te aconsejo cable de 10 mm2.
Llamare y lo preguntare a ver que me dicen,ya os contare...
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Si tienes garaje privado, te comprar el WC Gen2 y a tirar millas.
Le haces una buena instalación con cable de 6mm mínimo (lo suyo sería 10 y olvidarte) y te subes la potencia en casa para poder cargar a 5kW (o 7kW si le has metido cable de 10).
En una una noche (10h) lo llenas si lo tenías por encima del 10%.
Porque el WC Gen2,desconozco ese cargador,en casa ahora mismo tengo contratados 5.5kw
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Que yo sepa puedes instalar una base de 32a,siempre que tengas las protecciones adecuadas y la potencia para esta.No se que normativa es esa.
ITC BT 52
Ésa.
Vete a la tabla de conectores contemplados: CETAC no lo está.
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Si tienes garaje privado, te comprar el WC Gen2 y a tirar millas.
Le haces una buena instalación con cable de 6mm mínimo (lo suyo sería 10 y olvidarte) y te subes la potencia en casa para poder cargar a 5kW (o 7kW si le has metido cable de 10).
En una una noche (10h) lo llenas si lo tenías por encima del 10%.
Porque el WC Gen2,desconozco ese cargador,en casa ahora mismo tengo contratados 5.5kw
Porque vale 300€, es original Tesla y no falla. Eso sí, lo tienes que montar "pegado" al coche porque la manguera es corta (3m).
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Que yo sepa puedes instalar una base de 32a,siempre que tengas las protecciones adecuadas y la potencia para esta.No se que normativa es esa.
ITC BT 52
Ésa.
Vete a la tabla de conectores contemplados: CETAC no lo está.
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Si esta
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En modo de carga 2,si que está permitido una base de carga cetac 32 a,porque hay un SAVE,en nuestro caso el tmc.Es en modo de carga 1 que no se puede(la tabla lleva a confusión)si no distingues los modos de carga.
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En modo de carga 2,si que está permitido una base de carga cetac 32 a,porque hay un SAVE,en nuestro caso el tmc.Es en modo de carga 1 que no se puede(la tabla lleva a confusión)si no distingues los modos de carga.
No, CETAC no está contemplado.
Mira la tabla del mensaje anterior que puso el compañero.
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Si se puede poner una base cetac de 32a en una vivienda,seguro trabajo desde hace muchos años en electricidad industrial.No hay ningún problema.
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Si se puede poner una base cetac de 32a en una vivienda,seguro trabajo desde hace muchos años en electricidad industrial.No hay ningún problema.
Problema, no hay ninguno.
Pero que está contemplado CETAC en la normativa que te han pasado arriba, tampoco.
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Te lo repito el texto lo dice bien claro solo no se puede en modo carga 1.O sea carga directa al vehículo.Si pones un control de carga si.
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Partamos del BOE y que cada uno saque sus conclusiones, @Xeviot :
- https://www.boe.es/boe/dias/2014/12/31/pdfs/BOE-A-2014-13681.pdf
Yo no soy un experto en electricidad, pero recuerdo que este tema ya se trató hace tiempo en el foro, yo estaba equivocado aquel entonces y varios foreros así me lo indicaron.
Del documento anterior, página 16:
- «Modo de carga 1». Conexión del vehículo eléctrico a la red de alimentación de
corriente alterna mediante tomas de corriente normalizadas, con una intensidad no
superior a los 16A y tensión asignada en el lado de la alimentación no superior a 250 V de
corriente alterna en monofásico o 480 V de corriente alterna en trifásico y utilizando los
conductores activos y de protección.
, o sea que ya de primeras no hay Modo 1 a 32A.
(Adjunto pantallazo).
Además, del documento anterior, página 32, tabla 3:
se especifican 2 tomas de corriente contempladas para Modo 1 o 2. CETAC no es ninguna de esas 2 especificadas.
(Adjunto pantallazo).
Por supuesto, puedo estar equivocado.
Por favor, si CETAC está contemplada en la norma, te agradecería nos indicaras en qué página en concreto del documento.
Saludos.
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Dejad al hombre que haga lo que quiera en casa... mientras sea seguro. Que quiere CETAC de 32A? Pues con una buena protección y el cable de sección adecuada tan feliz.
Yo tengo en casa un mural y una CETAC de 32A de cuando usaba el portátil y nadie va a venir a inspeccionarme con BOE o sin el. ;-)
Enviado desde mi POCO F2 Pro mediante Tapatalk
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Dejad al hombre que haga lo que quiera en casa... mientras sea seguro. Que quiere CETAC de 32A? Pues con una buena protección y el cable de sección adecuada tan feliz.
Yo tengo en casa un mural y una CETAC de 32A de cuando usaba el portátil y nadie va a venir a inspeccionarme con BOE o sin el. ;-)
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Efectivamente, @inigoml , como dije en mi mensaje anterior, que cada uno saque sus conclusiones.
De hecho, a mí parecer, con un uso habitual, preferiría un CETAC hasta a 32A con sus protecciones adecuadas antes que un Schuko a 13A, diga lo que diga la norma.
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Efectivamente, @inigoml , como dije en mi mensaje anterior, que cada uno saque sus conclusiones.
De hecho, a mí parecer, con un uso habitual, preferiría un CETAC hasta a 32A con sus protecciones adecuadas antes que un Schuko a 13A, diga lo que diga la norma.
Lo importante es que tire una línea de mínimo 6mm2 de sección (mejor 10 como bien dices), que enlace adecuadamente al cuadro, que meta algunas protecciones (mínimo magnetotermico y diferencial tipo A) y sobre todo que no se le ocurra sacarla de alguna toma existente o corre el riesgo de que se le queme media casa.
Enviado desde mi POCO F2 Pro mediante Tapatalk
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Este tema ya ha sido comentado en varias ocasiones; como mínimo aquí https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=5344 y aquí https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=6133.15#forum. Por supuesto que cada uno tiene derecho de interpretar y hacer lo que quiera, al igual que el resto lo tenemos de rebatirselo; más cuando consideramos que lo que está equivocado y que lo que está diciendo va en contra un reglamento. Para esto está el foro (entre muchas otras cosas) para debatir y tratar de informar con la máxima veracidad posible a los que llegan en busca de respuestas y sobretodo aprender. Personalmente creo que es gracias a este tipo de foros que más he aprendido sobre este sector :).
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He tenido un deja vu...
Jaja.
A ver, aunque la norma no lo permita, tu puedes instalar un CETAC legalmente, y luego enchufar ahí el MC. No habría problema. Si pasa algo, pues habría que ver. El caso es que oficialmente eso no es un punto de carga, pero nada te impide cargar así.
Otra cosa es que existiendo el MOVES III (que yo ya dudo de si existe o es como las hadas y los duendes), una instalación autorizada de un punto podría salirte más barata que un CETAC (en principio un CETAC al no estar recogido como punto, no va a ser apto para ayudas).
Y por último, ojo a si te interesa control dinámico de potencia. No lo puedes hacer con el MC en un CETAC, pero tampoco con ningún cargador de pared de Tesla, ni gen1 ni gen2 ni gen 3 ni nada... tendrías que irte a otra marca. Todo es ver si es necesario...
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Bueno, lo cierto es que sí se puede hacer control dinámico de carga con un TWC, pero implica el uso de una Raspberry y no es cosa directa "out of the box"; pero se puede.
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Bueno, lo cierto es que sí se puede hacer control dinámico de carga con un TWC, pero implica el uso de una Raspberry y no es cosa directa "out of the box"; pero se puede.
Bueno, hablamos de que el aparato no puede. Como en todo en esta vida se puede buscar una alternativa, pero implica un sistema aparte que haga ese control. En cualquier caso no sería algo nada sencillo...
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El aparato sí puede. De hecho balancea con un segundo TWC. Solo hay que hacerle creer que la casa es eso, otro TWC.
Otros cargadores definitivamente no pueden. No es el mismo caso.
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Este tema ya ha sido comentado en varias ocasiones; como mínimo aquí https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=5344 y aquí https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=6133.15#forum. Por supuesto que cada uno tiene derecho de interpretar y hacer lo que quiera, al igual que el resto lo tenemos de rebatirselo; más cuando consideramos que lo que está equivocado y que lo que está diciendo va en contra un reglamento. Para esto está el foro (entre muchas otras cosas) para debatir y tratar de informar con la máxima veracidad posible a los que llegan en busca de respuestas y sobretodo aprender. Personalmente creo que es gracias a este tipo de foros que más he aprendido sobre este sector :).
El reglamento no dice nada entre el cargador y la línea,si no entre el cargador y el coche en modo 2.Yo creo que la tabla se mal interpreta.He conectado SAI's con cetac sin ningún problema,bases de carga de carretillas elevadoras,estaciones de baterías y os aseguro que en indústria son mucho más estrictos que en doméstico.
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También he conectado servomotores de bastante potencia,con su encoder.Motores asíncronos,brazos robotizados etc...Yo interpreto que la famosa tabla 3 lleva al error.Y de interpretar nada.
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El aparato sí puede. De hecho balancea con un segundo TWC. Solo hay que hacerle creer que la casa es eso, otro TWC.
Otros cargadores definitivamente no pueden. No es el mismo caso.
Entendí que incluso con el MC. Lo del TWC haciéndole creer que la casa es otro es la primera vez que lo leo. Suena interesante, pero en cualquier caso implica tuneado...
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Este tema ya ha sido comentado en varias ocasiones; como mínimo aquí https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=5344 y aquí https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=6133.15#forum. Por supuesto que cada uno tiene derecho de interpretar y hacer lo que quiera, al igual que el resto lo tenemos de rebatirselo; más cuando consideramos que lo que está equivocado y que lo que está diciendo va en contra un reglamento. Para esto está el foro (entre muchas otras cosas) para debatir y tratar de informar con la máxima veracidad posible a los que llegan en busca de respuestas y sobretodo aprender. Personalmente creo que es gracias a este tipo de foros que más he aprendido sobre este sector :).
El reglamento no dice nada entre el cargador y la línea,si no entre el cargador y el coche en modo 2.Yo creo que la tabla se mal interpreta.He conectado SAI's con cetac sin ningún problema,bases de carga de carretillas elevadoras,estaciones de baterías y os aseguro que en indústria son mucho más estrictos que en doméstico.
Sí que define lo que debe haber entre el "cargador y la línea", pues en términos generales y como su título indica define la infraestructura, prácticamente desde el contador de compañía. Por ejemplo, cuando para el modo 2 dice que "...el interruptor automático que protege cada toma deberá tener una intensidad asignada máxima de 10 A..." se refiere obviamente a aguas arriba de la base de conexión, no entre el cargador y el coche.
¿Si crees que la tabla se mal interpreta, cuál sería tu interpretación tal que, de acuerdo a esta ITC, se puede utilizar una toma CETAC para 52 las "Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga..."?
Y yo también he visto SAI, motores y todo tipo de herramientas industriales alimentadas con tomas CETAC. Incluso cargadores de VE. Lo que digo es que el tipo de instalaciones de las que se alimentan no se recogen en esta ITC y, como tales, no se pueden considerar "Infraestructura para la recarga..."; aunque a la práctica se usen para ello. Igual que tampoco lo será un Schuko que puedas tener en casa que no haya sido instalado con estas especificaciones, por mucho que lo uses para recargar tu VE.
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Bueno, esto ya se ha hablado bastante y parece que hay margen para la interpretación.
Yo entiendo lo mismo que tú: lo que restringe la normativa es la toma "final" de carga, es decir, o bien un Schuko (y cargas con él vehículos equipados con Schuko como un Ami, un Twizy, infinidad de motos, etc. que no llevan conector Tipo 2), o bien un SAVE con Tipo 2. Pero no creo que la normativa restrinja cómo conectas ese SAVE o EVSE a la línea, no te especifica si has de usar una ficha de empalme o un CETAC, que a fines prácticos hace la misma función que una clema.
Creo que la confusión (o lo que se puede interpretar de diferentes formas) viene al considerar que el SAVE solo se puede conectar mediante Schuko o ficha de empalme, cuando no creo que se especifique eso, sino que la normativa hace referencia a la toma final de conexión con el vehículo. Lo importe es que el conector de carga final sea Schuko o Tipo 2, lo que no se permitiría en ningún caso es cargar un vehículo directamente con CETAC (me viene a la cabeza un vídeo de Bjorn en el que muestra un VE muy antiguo, y pequeño, en el cual el conector bajo la tapa era un CETAC y el cable de carga era un CETAC-CETAC, eso sería ilegal ya que no se podría usar el CETAC para hacer la conexión directa con el VE).
Si poner un CETAC "en medio" fuera ilegal, no tendría sentido que fabricantes como Porsche te den el "cargador portátil/wallbox" suyo con una toma CETAC de serie.
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Bueno, esto ya se ha hablado bastante y parece que hay margen para la interpretación.
Yo entiendo lo mismo que tú: lo que restringe la normativa es la toma "final" de carga, es decir, o bien un Schuko (y cargas con él vehículos equipados con Schuko como un Ami, un Twizy, infinidad de motos, etc. que no llevan conector Tipo 2), o bien un SAVE con Tipo 2. Pero no creo que la normativa restrinja cómo conectas ese SAVE o EVSE a la línea, no te especifica si has de usar una ficha de empalme o un CETAC, que a fines prácticos hace la misma función que una clema.
Creo que la confusión (o lo que se puede interpretar de diferentes formas) viene al considerar que el SAVE solo se puede conectar mediante Schuko o ficha de empalme, cuando no creo que se especifique eso, sino que la normativa hace referencia a la toma final de conexión con el vehículo. Lo importe es que el conector de carga final sea Schuko o Tipo 2, lo que no se permitiría en ningún caso es cargar un vehículo directamente con CETAC (me viene a la cabeza un vídeo de Bjorn en el que muestra un VE muy antiguo, y pequeño, en el cual el conector bajo la tapa era un CETAC y el cable de carga era un CETAC-CETAC, eso sería ilegal ya que no se podría usar el CETAC para hacer la conexión directa con el VE).
Si poner un CETAC "en medio" fuera ilegal, no tendría sentido que fabricantes como Porsche te den el "cargador portátil/wallbox" suyo con una toma CETAC de serie.
La norma internacional define dos modos (1 y 2) de carga en los cuales el VE se pueden conectar a la red mediante “tomas de corriente normalizadas” (Schuko o CETAC, para entendernos). Las principales diferencias están en la intensidad máxima (para el modo 1 son 16 A, para el modo 2 32 A) y en lo que hay entre el VE y esas tomas de corriente. Mientras que en el modo 1 no hay nada, por lo que se conecta como si de un electrodoméstico se tratase, en el modo 2 hay una “caja de control” “con una función de control piloto y un sistema de protección…”.
Hasta aquí, supongo que todos estamos de acuerdo. Y supongo también que todos clasificaríamos el modo de carga de un Ami, un Twizy o algunas motos que incorporan un cablecillo solidario al VE y acabado en Schuko en modo 1, y el modo de carga de un Tesla cargando con el MC en modo 2, independientemente que lo hiciese con un Schuko o con un CETAC. Y quien dice un Tesla dice cualquier VE que cargue mediante ese cable con una cajita de por medio con las especificaciones de la norma, es decir, “con una función de control piloto y un sistema de protección…”.
Ahora vamos a la ITC BT-52. En varios puntos se hace referencia al apartado 5.4:
“Las bases de toma de corriente o conectores instalados en la estación de recarga y sus interruptores automáticos de protección deberán ser conformes con alguna de las opciones indicadas en el apartado 5.4.”
“La instalación fija para la recarga del vehículo eléctrico deberá contar con las bases de toma de corriente que corresponda según el modo de carga y ubicación de la estación de recarga conforme al apartado 5.4, de forma que se evite la utilización de prolongadores o adaptadores por parte de los usuarios de los servicios de recarga.”
Y lo que dice (en parte) ese apartado 5.4:
“Según el modo de carga (1, 2 o 3) las bases de toma de corriente o conectores instalados en cada estación de recarga y sus protecciones deberán ser conformes a alguna de las opciones de la tabla 3, en función de la ubicación de la estación de recarga, y de que la alimentación sea monofásica o trifásica.”
Y, ya por último, la tabla 3:
(https://i.imgur.com/PMNFE8h.png)
En resumen. Yo interpreto que la carga de un VE con un dispositivo tipo el MC de Tesla se considera modo de carga 2. Interpreto también que, en ese caso, la toma de corriente (p. ej. tipo Schuko) es el punto de conexión entre el VE y la instalación eléctrica fija o la red de alimentación, y que forma parte de la estación de recarga. Vistos los puntos anteriores que hacen referencia al apartado 5.4, interpreto que la ITC define y acota cuáles deben ser las tomas de corriente del punto de conexión en función, entre otros, del modo de carga. Y por último, interpreto que para los modos de carga 1 y 2, las unicas tomas de corriente posibles son lo que conocemos como Schuko.
Esa es mi interpretación que no deja lugar a la utilización de tomas CETAC en una instalación para la recarga de un VE en modo 2 acorde a la ITC BT-52. Y siempre digo lo mismo; significa esto que no se pueda recargar un VE mediante una toma CETAC o que no haya quien lo haga? No, solo que, de hacer una instalación de esa forma, creo que no estaría acorde a la ITC.
Y he visto todo tipo de instalaciones de recarga de VE que, tales como por ejemplo “Wallbox” conectados “internamente” mediante una toma tipo CETAC con un modo 2, los cuáles se podrían llegar a considerar recarga en modo 3, pero no creo que este tipo de montajes sean acorde al espíritu de la norma.
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Entonces el MC y el juicebooster con conexión 32a son ilegales con normas de aquí.Entonces¿ por que permiten su utilización? Y fabricación.
https://es.juice-world.com/juice-booster
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Entonces interpreto que un alemán que viene con su juicebooster en el maletero no puede cargar a 32a porque aquí es ilegal.No tiene sentido.Estamos bajo normas CE.
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También hay que aclarar que perse no son cargadores el cargador está en el vehículo,es simplemente un contactor en algunos casos de estado sólido,con un control de conexión.Los hay de sofisticados con wifi y controles dinámicos con un toroidal a la entrada de linea.
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Pues lo que decía, está abierto a interpretación :)
Yo lo que interpreto es que lo que la normativa define es la toma de corriente "final". Por lo que sería posible una instalación como la que hicieron en su día los de Domoelectra con el cargador/wallbox de Porsche; en el boletín supongo que detallarían que la toma de corriente para el VE es un Tipo 2 y el CETAC simplemente es un elemento fijo de la instalación (como podría ser una ficha de empalme, como decía antes) junto con el "wallbox". Que luego tú lo desmontes y te lo lleves... pues sería "ilegal" porque se quedaría solo el CETAC, pero el boletín ya lo tienes.
Quizá esto ya sea buscarle una laguna a la normativa y el espíritu sea el que tú dices. O quizá sea al revés, que el espíritu de la normativa fuera asegurarse de que la conexión entre VE y toma sea siempre entre Tipo 2 y Schuko, por lo que no se podía mencionar explícitamente el CETAC (o hubiera sido más lioso y, además, un CETAC sin nada conectado es más peligroso que un Shuko al tener menos protecciones).
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Mi interpretación no es que sea ilegal cargar en u CETAC, sino que no puede definirse según la norma un CETAC como punto de carga.
Vamos, que tu puedes poner un CETAC en el garage y usarlo, pero que de ninguna manera eso se puede considerar punto de carga, por ejemplo a la hora de una subvención...
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Ok aclarado solo como subencion.Porque si no el señor que a redactado el ITC de facto nos saca de normativa CE.
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Bueno, algo en lo que sí que creo que estamos todos de acuerdo es que poner un CETAC "pelao" sin nada detrás no se puede, como sí pasa con el Schuko. Al menos no se puede si quieres tener un punto de carga de manera oficial (luego en tu garaje haz lo que quieras si te da igual que no se considere punto de carga).
El debate estaría más bien en si se pudiera certificar como punto de carga incorporando el MC dentro de la instalación (con un CETAC delante). Si un wallbox con su Tipo 2 como toma final se puede incluir, no veo por qué no el MC, que también tiene su toma Tipo 2 final. Y la manera de conectar el MC no me parece algo relevante y la normativa no lo especifica de forma clara. Asumimos que ha de ser con un Schuko, pero en este caso el CETAC ya no sería la toma de corriente para el VE. El punto debatible que veo es que la normativa habla de "instalación fija", por lo que quizá habría que meter CETAC+MC dentro de una caja (como pasa con el cargador de Porsche) para poder considerarlo instalación fija.
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Bueno, algo en lo que sí que creo que estamos todos de acuerdo es que poner un CETAC "pelao" sin nada detrás no se puede, como sí pasa con el Schuko. Al menos no se puede si quieres tener un punto de carga de manera oficial (luego en tu garaje haz lo que quieras si te da igual que no se considere punto de carga).
El debate estaría más bien en si se pudiera certificar como punto de carga incorporando el MC dentro de la instalación (con un CETAC delante). Si un wallbox con su Tipo 2 como toma final se puede incluir, no veo por qué no el MC, que también tiene su toma Tipo 2 final. Y la manera de conectar el MC no me parece algo relevante y la normativa no lo especifica de forma clara. Asumimos que ha de ser con un Schuko, pero en este caso el CETAC ya no sería la toma de corriente para el VE. El punto debatible que veo es que la normativa habla de "instalación fija", por lo que quizá habría que meter CETAC+MC dentro de una caja (como pasa con el cargador de Porsche) para poder considerarlo instalación fija.
Estoy de acuerdo
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Yo creo que hay está el kit de la question porque si tuvieran que dar subvenciónes a todo que tuviera una base cetac sería un problema.Otra cosa es decir que esta prohibido cargar con un umc en una base cetac,muy muy diferente.
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Yo creo que hay está el kit de la question porque si tuvieran que dar subvenciónes a todo que tuviera una base cetac sería un problema.Otra cosa es decir que esta prohibido cargar con un umc en una base cetac,muy muy diferente.
No solo por tema de subvenciones, también son más peligrosos al no tener tapa individual para cada pin ni tampoco estar el conector "hundido" dentro de la base. No es un tipo de conector idóneo para dejar que lo manipule cualquiera.
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Pues lo que decía, está abierto a interpretación :)
Yo lo que interpreto es que lo que la normativa define es la toma de corriente "final". Por lo que sería posible una instalación como la que hicieron en su día los de Domoelectra con el cargador/wallbox de Porsche; en el boletín supongo que detallarían que la toma de corriente para el VE es un Tipo 2 y el CETAC simplemente es un elemento fijo de la instalación (como podría ser una ficha de empalme, como decía antes) junto con el "wallbox". Que luego tú lo desmontes y te lo lleves... pues sería "ilegal" porque se quedaría solo el CETAC, pero el boletín ya lo tienes.
Quizá esto ya sea buscarle una laguna a la normativa y el espíritu sea el que tú dices. O quizá sea al revés, que el espíritu de la normativa fuera asegurarse de que la conexión entre VE y toma sea siempre entre Tipo 2 y Schuko, por lo que no se podía mencionar explícitamente el CETAC (o hubiera sido más lioso y, además, un CETAC sin nada conectado es más peligroso que un Shuko al tener menos protecciones).
Por supuesto que está abierto a interpretación, es justo lo que dije en mi primer mensaje. Como la mayoría de reglamentos.
Este tipo de instalaciones (muy singulares) a que hacía referencia al final de mi último mensaje no es lo que hemos estado hablando en el resto del hilo.
No sé a qué te refieres por toma de corriente “final”, pero lo que seguro define la ITC son “…las bases de toma de corriente que corresponda según el modo de carga…” de las que deberá constar la instalación. Y esto último no es una interpretación, es una frase textual de la ITC. Esto sumado a que hablábamos de un modo 2, resulta en todo lo que he planteado anteriormente.
Respecto a tu último párrafo, precisamente eso es lo que digo, que la ITC define que la conexión entre VE debe ser con una de las tomas indicadas, no otras.
Ok aclarado solo como subencion.Porque si no el señor que a redactado el ITC de facto nos saca de normativa CE.
Uff, para nada estoy de acuerdo contigo. No entiendo qué pinta aquí el marcado CE cuando estamos hablando de un reglamento que refiere a la instalación. ¿Cómo una ITC te va a “sacar” de la normativa CE? Cualquier producto con marcado CE no está exento de cumplir las normas de instalación locales (que también pueden incluir requisitos a nivel de producto), faltaría más. Y España no es de los países más “exigentes” en este sentido, pues solo hay que cruzar la frontera por el norte para darse cuenta de esto. En España mismo se fabrican y certifican productos con marcado CE que no podrían ser instalados en prácticamente ningún lugar (o directamente ningún lugar) del país, y hablo de equipos de recarga mismo.
Ah, y lo de “el señor que ha redactado la ITC”… pues sin demasiados comentarios. No es un “señor”, si no un grupo de trabajo de expertos y profesionales de la industria que, pese a cometer errores como todos, algo saben de normativa y recarga de VE.
En cualquier caso, veo que finalmente coincides en la interpretación de este aspecto de la ITC.
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Este grupo de expertos no dice nada de no poder cargar en una base,por lo tanto se puede cargar.Esta era la pregunta inicial.Y si la normativa CE está por encima de las locales si quieres estar en ella no puedes entrar en contradicción.
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Creo que todos tenéis razón aunque no lo parezca.
Supongo que los "puntos de carga" se han definido como lugares donde hay un cargador, o una toma de enchufe para ir con un MC.
El problema es que la norma no contempla la posibilidad de tener un MC con conexión CETAC.
Eso no quiere decir que no puedas montar un enchufe CETAC donde te salga de los huevos (cumpliendo la normativa) para "todo tipo de usos" y casualmente le enchufes un Juice Booster de 32A.
Lo malo es que como eso no se puede llamar "punto de carga", no pillas subvención.
Ahora bien: también puedes mirar de montar un Punto de Carga con Schuko, cobrar la subvención y luego añadirle una conexión CETAC para usar una radial, un taladro o una hormigonera... (Igual se puede hacer).
Qué dicen los expertos? 
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M3 LFP MiC 2022 LFP | Haters gonna hate
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Este grupo de expertos no dice nada de no poder cargar en una base,por lo tanto se puede cargar.Esta era la pregunta inicial.Y si la normativa CE está por encima de las locales si quieres estar en ella no puedes entrar en contradicción.
Si quieres vender tu producto en EEUU tienes que cumplir normas UL,si o si y ese producto será funcional tanto en Nebraska como en Florida.Aqui en Europa pasa exactamente igual sin está unificación sería un lío local de normas.
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No sé a qué te refieres por toma de corriente “final”
Me refiero a la toma con la que va a interactuar el usuario, donde se hace la conexión del cable entre estación de carga y vehículo. Obviamente, no puede ser un CETAC, pero como decía antes, si el MC se "integra" dentro de la instalación y el usuario en teoría solo necesita tocar el Tipo 2, esa sería la base de toma de corriente o conexión final que estipula la normativa. El CETAC no contaría como prolongador o adaptador, ya que se sitúa antes de la estación de carga, no después, por lo que sería una parte de la instalación que el usuario (en teoría) no va a manipular.
A ver, pensándolo bien, reconozco que quizá se trate más bien de un laguna en la normativa, y que si quitas el MC estarías haciendo un cambio en la instalación. Pero no veo por qué no se podría certificar como PdR haciéndolo así.
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¿Pero por qué hay tanto debate en hacer chapuzas?
Un punto de carga en condiciones es una manguera tipo 2 fija, para llegar y enchufar, y si comparte contador con la vivienda, que tenga balanceo de carga.
Lo demás es discutir por discutir y racanear.
Mi cargador me costó 1900€ de los cuales ya me han abonado el 80% del Moves III en Aragón, así que no sé para qué tanto debate de schukos y cosas raras.
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Eso no quiere decir que no puedas montar un enchufe CETAC donde te salga de los huevos (cumpliendo la normativa) para "todo tipo de usos" y casualmente le enchufes un Juice Booster de 32A.
Lo malo es que como eso no se puede llamar "punto de carga", no pillas subvención.
Ahora bien: también puedes mirar de montar un Punto de Carga con Schuko, cobrar la subvención y luego añadirle una conexión CETAC para usar una radial, un taladro o una hormigonera... (Igual se puede hacer).
Qué dicen los expertos? 
No solo está el tema de subvención. También está que si quieres instalar en una comunidad de propietarios no te valdría solo con notificarlo, ya que no sería un PdR. Y luego además, en el tema de seguros podría haber alguna diferencia en caso de accidentes si en el contrato se hace una diferenciación entre PdR y otro tipos de tomas.
Entiendo que no puedes añadir un CETAC a posteriori porque cada toma tiene que tener sus propias protecciones y magnetotérmicos, y quizá (aparte de no entrar en la normativa tener más de una toma) tendrías que modificar el boletín. Esto me hace preguntarme si la costumbre de añadir un Schuko aparte al instalar un wallbox entraría dentro de normativa.
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¿Pero por qué hay tanto debate en hacer chapuzas?
Un punto de carga en condiciones es una manguera tipo 2 fija, para llegar y enchufar, y si comparte contador con la vivienda, que tenga balanceo de carga.
Lo demás es discutir por discutir y racanear.
Mi cargador me costó 1900€ de los cuales ya me han abonado el 80% del Moves III en Aragón, así que no sé para qué tanto debate de schukos y cosas raras.
No es cuestión de racanear o si es una chapuza que no lo es.Es si se puede y la respuesta es si.Cada uno que haga lo que quiera con el seudocargador como si quiere pagar por el 3000€ .
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¿Pero por qué hay tanto debate en hacer chapuzas?
Un punto de carga en condiciones es una manguera tipo 2 fija, para llegar y enchufar, y si comparte contador con la vivienda, que tenga balanceo de carga.
Lo demás es discutir por discutir y racanear.
Mi cargador me costó 1900€ de los cuales ya me han abonado el 80% del Moves III en Aragón, así que no sé para qué tanto debate de schukos y cosas raras.
Hombre, si vas a pillar subvención, estoy de acuerdo. No vale la pena complicarse la vida por tan poca diferencia de precio con la subvención.
Y si vas a hacer una instalación en tu vivienda habitual, yo tampoco dudaría con el wallbox, son muchas ventajas.
El problema está más bien si no vas a cobrar subvención o si quieres hacer una instalación en vivienda de alquiler o en una segunda residencia. En mi caso, en mi 2ª residencia puse un CETAC de 10 euros y a correr, cargo muy poco ahí y me da igual que se considere PdR o no. Y a alguien que esté de alquiler posiblemente le interese gastarse la mínima cantidad posible de dinero y aprovechar el MC que ya tiene y que puede cargar a 7,2 kW, de ahí el debate respecto a esto.
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¿Pero por qué hay tanto debate en hacer chapuzas?
Un punto de carga en condiciones es una manguera tipo 2 fija, para llegar y enchufar, y si comparte contador con la vivienda, que tenga balanceo de carga.
Lo demás es discutir por discutir y racanear.
Mi cargador me costó 1900€ de los cuales ya me han abonado el 80% del Moves III en Aragón, así que no sé para qué tanto debate de schukos y cosas raras.
No es cuestión de racanear o si es una chapuza que no lo es.Es si se puede y la respuesta es si.Cada uno que haga lo que quiera con el seudocargador como si quiere pagar por el 3000€ .
Sí, por supuesto, como todo en esta vida, cada uno que haga lo que quiera, pero ello no quita que sea absurdo tener un coche de 55.000 eur y tener una instalación de carga tercermundista.
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¿Pero por qué hay tanto debate en hacer chapuzas?
Un punto de carga en condiciones es una manguera tipo 2 fija, para llegar y enchufar, y si comparte contador con la vivienda, que tenga balanceo de carga.
Lo demás es discutir por discutir y racanear.
Mi cargador me costó 1900€ de los cuales ya me han abonado el 80% del Moves III en Aragón, así que no sé para qué tanto debate de schukos y cosas raras.
No es cuestión de racanear o si es una chapuza que no lo es.Es si se puede y la respuesta es si.Cada uno que haga lo que quiera con el seudocargador como si quiere pagar por el 3000€ .
Sí, por supuesto, como todo en esta vida, cada uno que haga lo que quiera, pero ello no quita que sea absurdo tener un coche de 55.000 eur y tener una instalación de carga tercermundista.
Bueno, 55K... pueden ser 45K un SR con MOVES o 38K antes de la subida... Por otra parte, no a todo el mundo le cuesta igual ganar el dinero, alguien se puede comprar un Model 3 porque le haga mucha ilusión y/o le salga a cuenta a largo plazo, pero le venga muy justo pagar las cuotas. Y tampoco es una instalación tercermundista, lo importante es tener el sobretensiones y, hoy en día, con el término de potencia valle a precio de risa, el balanceo de carga no es tan necesario como antes. Por lo demás te va a cargar igual.
Una vez dicho todo eso, lo más probable es que la mayoría que buscan abaratar no les haga tanta falta ahorrar, pero eso ya es otra historia.
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¿Pero por qué hay tanto debate en hacer chapuzas?
Un punto de carga en condiciones es una manguera tipo 2 fija, para llegar y enchufar, y si comparte contador con la vivienda, que tenga balanceo de carga.
Lo demás es discutir por discutir y racanear.
Mi cargador me costó 1900€ de los cuales ya me han abonado el 80% del Moves III en Aragón, así que no sé para qué tanto debate de schukos y cosas raras.
No es cuestión de racanear o si es una chapuza que no lo es.Es si se puede y la respuesta es si.Cada uno que haga lo que quiera con el seudocargador como si quiere pagar por el 3000€ .
Sí, por supuesto, como todo en esta vida, cada uno que haga lo que quiera, pero ello no quita que sea absurdo tener un coche de 55.000 eur y tener una instalación de carga tercermundista.
Bueno, 55K... pueden ser 45K un SR con MOVES o 38K antes de la subida... Por otra parte, no a todo el mundo le cuesta igual ganar el dinero, alguien se puede comprar un Model 3 porque le haga mucha ilusión y/o le salga a cuenta a largo plazo, pero le venga muy justo pagar las cuotas. Y tampoco es una instalación tercermundista, lo importante es tener el sobretensiones y, hoy en día, con el término de potencia valle a precio de risa, el balanceo de carga no es tan necesario como antes. Por lo demás te va a cargar igual.
Una vez dicho todo eso, lo más probable es que la mayoría que buscan abaratar no les haga tanta falta ahorrar, pero eso ya es otra historia.
El balanceo de carga es una maravilla si lo tienes, por la tranquilidad que da, sobretodo en verano.
Muchos días tengo que cargar el coche a tope a la vez que tengo el aire acondicionado y cocinando, y si no fuera por el balanceo tendría que hacer muchas comedias.
Sigo pensando que no son maneras lo que se plantea en este hilo, de buscar la manera más cutre de cargar un coche de 50.000€ o 40.000.
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¿Pero por qué hay tanto debate en hacer chapuzas?
Un punto de carga en condiciones es una manguera tipo 2 fija, para llegar y enchufar, y si comparte contador con la vivienda, que tenga balanceo de carga.
Lo demás es discutir por discutir y racanear.
Mi cargador me costó 1900€ de los cuales ya me han abonado el 80% del Moves III en Aragón, así que no sé para qué tanto debate de schukos y cosas raras.
No es cuestión de racanear o si es una chapuza que no lo es.Es si se puede y la respuesta es si.Cada uno que haga lo que quiera con el seudocargador como si quiere pagar por el 3000€ .
Sí, por supuesto, como todo en esta vida, cada uno que haga lo que quiera, pero ello no quita que sea absurdo tener un coche de 55.000 eur y tener una instalación de carga tercermundista.
Bueno, 55K... pueden ser 45K un SR con MOVES o 38K antes de la subida... Por otra parte, no a todo el mundo le cuesta igual ganar el dinero, alguien se puede comprar un Model 3 porque le haga mucha ilusión y/o le salga a cuenta a largo plazo, pero le venga muy justo pagar las cuotas. Y tampoco es una instalación tercermundista, lo importante es tener el sobretensiones y, hoy en día, con el término de potencia valle a precio de risa, el balanceo de carga no es tan necesario como antes. Por lo demás te va a cargar igual.
Una vez dicho todo eso, lo más probable es que la mayoría que buscan abaratar no les haga tanta falta ahorrar, pero eso ya es otra historia.
El balanceo de carga es una maravilla si lo tienes, por la tranquilidad que da, sobretodo en verano.
Muchos días tengo que cargar el coche a tope a la vez que tengo el aire acondicionado y cocinando, y si no fuera por el balanceo tendría que hacer muchas comedias.
Sigo pensando que no son maneras lo que se plantea en este hilo, de buscar la manera más cutre de cargar un coche de 50.000€ o 40.000, y no es un debate de cuánto cuesta ganar el dinero ni vayamos por ahí. Es lo que es, una cutrez y racanería.
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El balanceo de carga es una maravilla si lo tienes, por la tranquilidad que da, sobretodo en verano.
Muchos días tengo que cargar el coche a tope a la vez que tengo el aire acondicionado y cocinando, y si no fuera por el balanceo tendría que hacer muchas comedias.
Sigo pensando que no son maneras lo que se plantea en este hilo, de buscar la manera más cutre de cargar un coche de 50.000€ o 40.000, y no es un debate de cuánto cuesta ganar el dinero ni vayamos por ahí. Es lo que es, una cutrez y racanería.
El problema es que estás generalizando demasiado, cada caso es diferente. Que a ti cierto tipo de instalación te sea útil no significa que lo sea para todo el mundo. Por ejemplo, a mi el balanceo de carga me aporta 0, porque cargo de noche y tengo contratada la máxima potencia en valle (además, dentro de poco pondré un contador aparte, por lo que me hará aún menos falta).
Y lo mismo respecto a que sea una cutrez o no, cada situación es diferente. En lo que comentaba antes de mi 2ª residencia, para 2 cargas al año es tontería poner un wallbox. Ya no solo porque es dinero gastado en algo que me aporta poco valor extra, es que además es otro aparato más del que te tienes que preocupar, que se puede romper, te lo pueden robar, etc. En algunos casos será una cutrez, pero en otros no, y es bueno conocer las opciones disponibles (para eso está el foro).
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El balanceo de carga es una maravilla si lo tienes, por la tranquilidad que da, sobretodo en verano.
Muchos días tengo que cargar el coche a tope a la vez que tengo el aire acondicionado y cocinando, y si no fuera por el balanceo tendría que hacer muchas comedias.
Sigo pensando que no son maneras lo que se plantea en este hilo, de buscar la manera más cutre de cargar un coche de 50.000€ o 40.000, y no es un debate de cuánto cuesta ganar el dinero ni vayamos por ahí. Es lo que es, una cutrez y racanería.
El problema es que estás generalizando demasiado, cada caso es diferente. Que a ti cierto tipo de instalación te sea útil no significa que lo sea para todo el mundo. Por ejemplo, a mi el balanceo de carga me aporta 0, porque cargo de noche y tengo contratada la máxima potencia en valle (además, dentro de poco pondré un contador aparte, por lo que me hará aún menos falta).
Y lo mismo respecto a que sea una cutrez o no, cada situación es diferente. En lo que comentaba antes de mi 2ª residencia, para 2 cargas al año es tontería poner un wallbox. Ya no solo porque es dinero gastado en algo que me aporta poco valor extra, es que además es otro aparato más del que te tienes que preocupar, que se puede romper, te lo pueden robar, etc. En algunos casos será una cutrez, pero en otros no, y es bueno conocer las opciones disponibles (para eso está el foro).
Yo también tengo contratada la Máxima potencia y por eso precisamente necesito el balanceo de carga: me interesa cargar el coche al máximo a la vez que utilizo electrodomésticos por la noche y sacar todo el partido a los 7,4 kW.
No entiendo eso de que no lo necesitas, desde luego si no lo tienes no lo necesitas, como todas las comodidades del mundo en el que vivimos. Yo el Tesla realmente tampoco lo necesito, me apañaba con mi vehículo anterior, pero me apetecía cambiar.
En cuanto a lo de la Segunda residencia totalmente de acuerdo, no tiene sentido para pocas cargas al año.
Lo del contador aparte tiene sus pros y contras… lógicamente ahora no me daría un alta nueva y contador nuevo con las tarifas penalizadas por el tope del gas…
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El balanceo de carga es una maravilla si lo tienes, por la tranquilidad que da, sobretodo en verano.
Muchos días tengo que cargar el coche a tope a la vez que tengo el aire acondicionado y cocinando, y si no fuera por el balanceo tendría que hacer muchas comedias.
Sigo pensando que no son maneras lo que se plantea en este hilo, de buscar la manera más cutre de cargar un coche de 50.000€ o 40.000, y no es un debate de cuánto cuesta ganar el dinero ni vayamos por ahí. Es lo que es, una cutrez y racanería.
El problema es que estás generalizando demasiado, cada caso es diferente. Que a ti cierto tipo de instalación te sea útil no significa que lo sea para todo el mundo. Por ejemplo, a mi el balanceo de carga me aporta 0, porque cargo de noche y tengo contratada la máxima potencia en valle (además, dentro de poco pondré un contador aparte, por lo que me hará aún menos falta).
Y lo mismo respecto a que sea una cutrez o no, cada situación es diferente. En lo que comentaba antes de mi 2ª residencia, para 2 cargas al año es tontería poner un wallbox. Ya no solo porque es dinero gastado en algo que me aporta poco valor extra, es que además es otro aparato más del que te tienes que preocupar, que se puede romper, te lo pueden robar, etc. En algunos casos será una cutrez, pero en otros no, y es bueno conocer las opciones disponibles (para eso está el foro).
Yo también tengo contratada la Máxima potencia y por eso precisamente necesito el balanceo de carga: me interesa cargar el coche al máximo a la vez que utilizo electrodomésticos por la noche y sacar todo el partido a los 7,4 kW.
No entiendo eso de que no lo necesitas, desde luego si no lo tienes no lo necesitas, como todas las comodidades del mundo en el que vivimos. Yo el Tesla realmente tampoco lo necesito, me apañaba con mi vehículo anterior, pero me apetecía cambiar.
En cuanto a lo de la Segunda residencia totalmente de acuerdo, no tiene sentido para pocas cargas al año.
Lo del contador aparte tiene sus pros y contras… lógicamente ahora no me daría un alta nueva y contador nuevo con las tarifas penalizadas por el tope del gas…
Sube la potencia en valle y ya no tendrás que balancear que no es lo que vale,el precio del vehículo se lo vale. ;)
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@Pablopirineos , no generalices, el balanceo de carga es algo bueno, pero no es imprescindible.
Tengo más de 17 kW en casa (25A en trifásica) en mi piso.
Pero tengo un M3P que solamente admite 11 kW.
Cómo comprenderás, el balanceo de carga no lo necesito.
Da igual el precio del coche.
Enviado desde un disponible móvil. Perdonar por la brevedad.
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Creo que todos tenéis razón aunque no lo parezca.
Supongo que los "puntos de carga" se han definido como lugares donde hay un cargador, o una toma de enchufe para ir con un MC.
El problema es que la norma no contempla la posibilidad de tener un MC con conexión CETAC.
Eso no quiere decir que no puedas montar un enchufe CETAC donde te salga de los huevos (cumpliendo la normativa) para "todo tipo de usos" y casualmente le enchufes un Juice Booster de 32A.
Lo malo es que como eso no se puede llamar "punto de carga", no pillas subvención.
Ahora bien: también puedes mirar de montar un Punto de Carga con Schuko, cobrar la subvención y luego añadirle una conexión CETAC para usar una radial, un taladro o una hormigonera... (Igual se puede hacer).
Qué dicen los expertos? 
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M3 LFP MiC 2022 LFP | Haters gonna hate
Pienso bastante parecido en varios puntos de tu comentario de tu comentario. Eso sí, en mi opinión eso de que no le puedas llamar “punto de carga” tiene implicaciones más allá de la subvención, pues realmente el tema está en que no puedes decir que la instalación esté acorde a la ITC BT-52, y eso tiene sus derivadas.
Respecto a lo que dicen los expertos, si por ellos te refieres al Ministerio de Industria, para mi la respuesta (que no interpretación oficial) fué bastante cristalina, y creo que no deja de decir lo mismo que intento trasladar en estos mensajes. Si alguien desconfía lo animo a trasladar la consulta, y si puede ser, comparta la respuesta por aquí ;).
Este grupo de expertos no dice nada de no poder cargar en una base,por lo tanto se puede cargar.Esta era la pregunta inicial.Y si la normativa CE está por encima de las locales si quieres estar en ella no puedes entrar en contradicción.
Si quieres vender tu producto en EEUU tienes que cumplir normas UL,si o si y ese producto será funcional tanto en Nebraska como en Florida.Aqui en Europa pasa exactamente igual sin está unificación sería un lío local de normas.
La instrucción indica las bases en las que se debe cargar acorde a esa misma ITC por lo que, al mismo tiempo, está indicando en las que no se puede. La palabra “deberán” o “deberá” es explícita; la definición de las bases también, como he comentado ya bastantes veces.
No he dicho que la normativa CE esté o no por encima, pero supongo que si conoces mínimamente el marcado CE sabrás que refiere al producto y no a la instalación. ¿Crees que los productos con marcado CE están exentos de cumplir las reglamentaciones locales de instalación? ¿Crees que en Francia, por ejemplo, se pueden instalar los mismos tipos de socket que se instalan mayoritariamente en España y que, por supuesto, llevan el marcado CE? Te bien aseguro que no. La normativa de instalación en Francia no es la misma que en España, que tampoco es la misma que en Italia que tampoco es la misma que en Alemania. Y esto tiene implicaciones a nivel de producto. Si algún dia tienes la ocasión de viajar a Francia y acercarte a un socket tipo 2 verás que tiene alguna particularidad que no tienen los que puedes encontrar por España. Y no es por capricho de los instaladores, fabricantes o usuarios, si no por "capricho" (no me gusta hablar así de una reglamentación, pero en este caso creo que se le puede llamar directamente así) de la reglamentación local.
No sé a qué te refieres por toma de corriente “final”
Me refiero a la toma con la que va a interactuar el usuario, donde se hace la conexión del cable entre estación de carga y vehículo. Obviamente, no puede ser un CETAC, pero como decía antes, si el MC se "integra" dentro de la instalación y el usuario en teoría solo necesita tocar el Tipo 2, esa sería la base de toma de corriente o conexión final que estipula la normativa. El CETAC no contaría como prolongador o adaptador, ya que se sitúa antes de la estación de carga, no después, por lo que sería una parte de la instalación que el usuario (en teoría) no va a manipular.
A ver, pensándolo bien, reconozco que quizá se trate más bien de un laguna en la normativa, y que si quitas el MC estarías haciendo un cambio en la instalación. Pero no veo por qué no se podría certificar como PdR haciéndolo así.
Hacer eso significaría considerar un MC conectado a un CETAC como un modo 3. Al final es Industria quien tiene la palabra, y a mi por lo menos se me haría difícil tratar de justificar que un aparato llamado Mobile Connector (con un conector que incluso es intercambiable para poder cargar en distintas tomas) forma parte de la instalación eléctrica fija para la recarga del VE… para mi un MC entra claramente en la definición de modo 2. De hecho creo que incluso pueden tener especificaciones distintas a nivel de componentes según normas IEC.
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Por si os queréis reir...
PdR CCS de 50kW del concesionario de Porsche de Majadahonda, Polígono del Carrelero. Ojo a la conexión a red. ;D
P.D: La foto es de 2019. A lo mejor ya lo han cambiado.
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Por si os queréis reir...
PdR CCS de 50kW del concesionario de Porsche de Majadahonda, Polígono del Carrelero. Ojo a la conexión a red. ;D
P.D: La foto es de 2019. A lo mejor ya lo han cambiado.
50 kW?
Enviado desde un disponible móvil. Perdonar por la brevedad.
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Por si os queréis reir...
PdR CCS de 50kW del concesionario de Porsche de Majadahonda, Polígono del Carrelero. Ojo a la conexión a red. ;D
P.D: La foto es de 2019. A lo mejor ya lo han cambiado.
Eso no es un CCS ni mucho menos de 50 kW. Es una dock para el "Universal" o "Mobile" Charger de Porshce (no sé exactamente como le llaman). Viendo el azul del CETAC muy probablemente no pase de 32 A en monofásica. Y eso es justo al "invento" que me refería con el último párrafo de este mensaje https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=6685.msg90843#msg90843.
Dicho esto, sí he visto unos cuantos equipos CCS de 50 kW (limitados) conectados mediante una toma CETAC, evidentemente de mayor tamaño que esa y trifásica, pero nunca en el ámbito público.
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Eso no es un CCS ni mucho menos de 50 kW. Es una dock para el "Universal" o "Mobile" Charger de Porshce (no sé exactamente como le llaman). Viendo el azul del CETAC muy probablemente no pase de 32 A en monofásica. Y eso es justo al "invento" que me refería con el último párrafo de este mensaje https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=6685.msg90843#msg90843 (https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=6685.msg90843#msg90843).
Dicho esto, sí he visto unos cuantos equipos CCS de 50 kW (limitados) conectados mediante una toma CETAC, evidentemente de mayor tamaño que esa y trifásica, pero nunca en el ámbito público.
Lo he visto en electromaps de casualidad dado que hoy subía a Las Rozas un poco justo de batería y en caso de emergencia quería tener algo a mano. Por lo que veo en las fotos en esa ubicación hay un CCS2 de 50 y un tipo 2 de 22kw, así que probablemente sea este segundo. Pero vamos, aun así... me ha hecho gracia. ;)
https://map.electromaps.com/es/p/92377
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Eso no es un CCS ni mucho menos de 50 kW. Es una dock para el "Universal" o "Mobile" Charger de Porshce (no sé exactamente como le llaman). Viendo el azul del CETAC muy probablemente no pase de 32 A en monofásica. Y eso es justo al "invento" que me refería con el último párrafo de este mensaje https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=6685.msg90843#msg90843 (https://foro.clubtesla.es/index.php?topic=6685.msg90843#msg90843).
Dicho esto, sí he visto unos cuantos equipos CCS de 50 kW (limitados) conectados mediante una toma CETAC, evidentemente de mayor tamaño que esa y trifásica, pero nunca en el ámbito público.
Lo he visto en electromaps de casualidad dado que hoy subía a Las Rozas un poco justo de batería y en caso de emergencia quería tener algo a mano. Por lo que veo en las fotos en esa ubicación hay un CCS2 de 50 y un tipo 2 de 22kw, así que probablemente sea este segundo. Pero vamos, aun así... me ha hecho gracia. ;)
https://map.electromaps.com/es/p/92377
Según Electromaps (aunque a veces también falla) hay 4 conectores; 1 x CCS a 50 kW, 1 x tipo 2 a 22 kW y 2 x tipo 2 a 3,7 kW. Por las fotos parece que haya un Terra 54 con el CCS + tipo 2 a 22 kW (no me suena que los haya con tipo 2 a 3,7 kW) y un par de "Wallbox" de Porsche con el tipo 2 monofásico, muy probablemente de 3,7 kW.
Por lo menos todos los CETAC que he visto yo azules como el de la imagen eran monofásicos a 16 o 32 A, mientras que los rojos eran trifásicos a 16, 32, 63, 125... con o sin neutro. Imagino que será por norma o algo.
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Los azules son monofásicos.No por algo si no por norma CE.Siempre que no superen los 250v.Los de 380 a 480 pasan a ser rojos .Los de 500v a 690v negros.Podrian ser azules en una trifásica de 220v.Normas CIE dentro de normas CE.
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Por lo menos todos los CETAC que he visto yo azules como el de la imagen eran monofásicos a 16 o 32 A, mientras que los rojos eran trifásicos a 16, 32, 63, 125... con o sin neutro. Imagino que será por norma o algo.
Yep, azules todos los que he visto son monofásicos. 3 pines.
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Creo que todos tenéis razón aunque no lo parezca.
Supongo que los "puntos de carga" se han definido como lugares donde hay un cargador, o una toma de enchufe para ir con un MC.
El problema es que la norma no contempla la posibilidad de tener un MC con conexión CETAC.
Eso no quiere decir que no puedas montar un enchufe CETAC donde te salga de los huevos (cumpliendo la normativa) para "todo tipo de usos" y casualmente le enchufes un Juice Booster de 32A.
Lo malo es que como eso no se puede llamar "punto de carga", no pillas subvención.
Ahora bien: también puedes mirar de montar un Punto de Carga con Schuko, cobrar la subvención y luego añadirle una conexión CETAC para usar una radial, un taladro o una hormigonera... (Igual se puede hacer).
Qué dicen los expertos? 
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M3 LFP MiC 2022 LFP | Haters gonna hate
Pienso bastante parecido en varios puntos de tu comentario de tu comentario. Eso sí, en mi opinión eso de que no le puedas llamar “punto de carga” tiene implicaciones más allá de la subvención, pues realmente el tema está en que no puedes decir que la instalación esté acorde a la ITC BT-52, y eso tiene sus derivadas.
Respecto a lo que dicen los expertos, si por ellos te refieres al Ministerio de Industria, para mi la respuesta (que no interpretación oficial) fué bastante cristalina, y creo que no deja de decir lo mismo que intento trasladar en estos mensajes. Si alguien desconfía lo animo a trasladar la consulta, y si puede ser, comparta la respuesta por aquí ;).
Este grupo de expertos no dice nada de no poder cargar en una base,por lo tanto se puede cargar.Esta era la pregunta inicial.Y si la normativa CE está por encima de las locales si quieres estar en ella no puedes entrar en contradicción.
Si quieres vender tu producto en EEUU tienes que cumplir normas UL,si o si y ese producto será funcional tanto en Nebraska como en Florida.Aqui en Europa pasa exactamente igual sin está unificación sería un lío local de normas.
La instrucción indica las bases en las que se debe cargar acorde a esa misma ITC por lo que, al mismo tiempo, está indicando en las que no se puede. La palabra “deberán” o “deberá” es explícita; la definición de las bases también, como he comentado ya bastantes veces.
No he dicho que la normativa CE esté o no por encima, pero supongo que si conoces mínimamente el marcado CE sabrás que refiere al producto y no a la instalación. ¿Crees que los productos con marcado CE están exentos de cumplir las reglamentaciones locales de instalación? ¿Crees que en Francia, por ejemplo, se pueden instalar los mismos tipos de socket que se instalan mayoritariamente en España y que, por supuesto, llevan el marcado CE? Te bien aseguro que no. La normativa de instalación en Francia no es la misma que en España, que tampoco es la misma que en Italia que tampoco es la misma que en Alemania. Y esto tiene implicaciones a nivel de producto. Si algún dia tienes la ocasión de viajar a Francia y acercarte a un socket tipo 2 verás que tiene alguna particularidad que no tienen los que puedes encontrar por España. Y no es por capricho de los instaladores, fabricantes o usuarios, si no por "capricho" (no me gusta hablar así de una reglamentación, pero en este caso creo que se le puede llamar directamente así) de la reglamentación local.
No sé a qué te refieres por toma de corriente “final”
Me refiero a la toma con la que va a interactuar el usuario, donde se hace la conexión del cable entre estación de carga y vehículo. Obviamente, no puede ser un CETAC, pero como decía antes, si el MC se "integra" dentro de la instalación y el usuario en teoría solo necesita tocar el Tipo 2, esa sería la base de toma de corriente o conexión final que estipula la normativa. El CETAC no contaría como prolongador o adaptador, ya que se sitúa antes de la estación de carga, no después, por lo que sería una parte de la instalación que el usuario (en teoría) no va a manipular.
A ver, pensándolo bien, reconozco que quizá se trate más bien de un laguna en la normativa, y que si quitas el MC estarías haciendo un cambio en la instalación. Pero no veo por qué no se podría certificar como PdR haciéndolo así.
Hacer eso significaría considerar un MC conectado a un CETAC como un modo 3. Al final es Industria quien tiene la palabra, y a mi por lo menos se me haría difícil tratar de justificar que un aparato llamado Mobile Connector (con un conector que incluso es intercambiable para poder cargar en distintas tomas) forma parte de la instalación eléctrica fija para la recarga del VE… para mi un MC entra claramente en la definición de modo 2. De hecho creo que incluso pueden tener especificaciones distintas a nivel de componentes según normas IEC.
Certificación CE. El Indicador de conformidad europeo
El marcado CE es el pasaporte para los productos, garantizando su libre circulación en el Espacio Económico Europeo (EEE).
Para comercializarse, los productos y equipos eléctricos deben cumplir los criterios técnicos recogidos en la legislación de la Unión Europea de armonización aplicable, incluyendo la colocación del logotipo sobre el producto o la documentación de acompañamiento, independientemente del lugar de fabricación del producto.
La certificación CE o certificación europea consiste en un proceso de evaluación de la conformidad, en el que pueden formar parte organismos de certificación notificados como AENOR, por el cual, el fabricante o su representante autorizado asumen la responsabilidad de las prestaciones declaradas y la conformidad con los requisitos del marcado CE.
AENOR es un organismo notificado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo o por el Ministerio de Fomento.
Como certificado de conformidad europeo, debe cumplir con los criterios establecidos en las Directivas o Reglamentos Europeos, así como en las normas técnicas EN (normas europeas) si procede, que aplican a la comercialización del producto. Cuando un Organismo Notificado (ON) participa en la fase de control de la producción de conformidad con la legislación de armonización de la Unión Europea (UE) aplicable, su número de identificación debe figurar junto al marcado CE.
La certificación de marcado CE puede integrarse con certificaciones voluntarias, tanto de producto (Marca AENOR N, ENEC, Har…) como de sistemas de gestión de la calidad basado en la norma UNE-EN ISO 9001.
Objetivos
Para el fabricante:
El marcado CE permite acceder sin restricciones al mercado europeo, evitando barreras técnicas.
El marcado CE se reconoce además en otros mercados a nivel global.
Para el consumidor:
El marcado CE centra su razón de ser principal en la seguridad de los usuarios de los productos y en el cumplimiento de las normas armonizadas europeas.
El marcado CE determina unos niveles mínimos de seguridad, funcionalidad, ahorro energético y protección ambiental
En resumen:Si eres fabricante de cargadores y tienes el certificado CE lo puedes vender e utilizar en Francia,Alemania,Italia,Portugal....por cierto paises en que he estado.
Por lo tanto lo puedes conectar donde te salga de los.....y conectarlo con una base adaptable de cada pais en cuestion.
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El "invento" de Porsche cargaba a 7,2 kW como máximo, si no recuerdo mal. Y el CETAC azul parece uno pequeño, de 16 A, casi seguro que esos son los de 3,7 kW.
A esto era a lo que me refería con lo de que el CETAC no sea la toma final, independientemente de si el aparato se llama "Mobile" o como se llame (y viendo por ejemplo un Policharger por dentro, que no tiene casi nada, dudo que haya muchas diferencias). Sigo pensando que no hay diferencia entre un MC con CETAC dentro de una caja y el sistema de docking de Porsche (con el que hicieron la instalación los de Domoelectra, acorde al esquema 4a de la ITC-52, según ellos: https://www.domoelectra.com/irve-como-instalar-cetac-32a-monofasico-para-coche-electrico/ (https://www.domoelectra.com/irve-como-instalar-cetac-32a-monofasico-para-coche-electrico/)). Otra cosa es que sea legal desenchufar el sistema de carga del CETAC, pero eso ya es otra historia.
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Certificación CE. El Indicador de conformidad europeo
El marcado CE es el pasaporte para los productos, garantizando su libre circulación en el Espacio Económico Europeo (EEE).
Para comercializarse, los productos y equipos eléctricos deben cumplir los criterios técnicos recogidos en la legislación de la Unión Europea de armonización aplicable, incluyendo la colocación del logotipo sobre el producto o la documentación de acompañamiento, independientemente del lugar de fabricación del producto.
La certificación CE o certificación europea consiste en un proceso de evaluación de la conformidad, en el que pueden formar parte organismos de certificación notificados como AENOR, por el cual, el fabricante o su representante autorizado asumen la responsabilidad de las prestaciones declaradas y la conformidad con los requisitos del marcado CE.
AENOR es un organismo notificado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo o por el Ministerio de Fomento.
Como certificado de conformidad europeo, debe cumplir con los criterios establecidos en las Directivas o Reglamentos Europeos, así como en las normas técnicas EN (normas europeas) si procede, que aplican a la comercialización del producto. Cuando un Organismo Notificado (ON) participa en la fase de control de la producción de conformidad con la legislación de armonización de la Unión Europea (UE) aplicable, su número de identificación debe figurar junto al marcado CE.
La certificación de marcado CE puede integrarse con certificaciones voluntarias, tanto de producto (Marca AENOR N, ENEC, Har…) como de sistemas de gestión de la calidad basado en la norma UNE-EN ISO 9001.
Objetivos
Para el fabricante:
El marcado CE permite acceder sin restricciones al mercado europeo, evitando barreras técnicas.
El marcado CE se reconoce además en otros mercados a nivel global.
Para el consumidor:
El marcado CE centra su razón de ser principal en la seguridad de los usuarios de los productos y en el cumplimiento de las normas armonizadas europeas.
El marcado CE determina unos niveles mínimos de seguridad, funcionalidad, ahorro energético y protección ambiental
En resumen:Si eres fabricante de cargadores y tienes el certificado CE lo puedes vender e utilizar en Francia,Alemania,Italia,Portugal....por cierto paises en que he estado.
Por lo tanto lo puedes conectar donde te salga de los.....y conectarlo con una base adaptable de cada pais en cuestion.
Te aseguro que sé de buena mano que muchos cargadores, por mucho que tengan el marcado CE, no se pueden instalar en algunos de estos países que mencionas. El hecho de haber estado en un país por si solo, obviamente, no te da el conocimiento sobre qué se puede instalar y qué no; de ahí el inciso a acercarse a mirar un (o varios) socket tipo 2, pues es una forma de darse cuenta que "algo hay".
Esta es la respuesta textual a una consulta (que no puede considerarse una "interpretación oficial" de la normativa, como es lógico) sobre este tema al Ministerio de Industria:
"La tabla 3 de la ITC-BT 52 establece los tipos de bases de toma de corriente a utilizar para los modos de carga 1,2 o 3. La tabla no aplica a la recarga en modo 4 o recarga en continua. En el ámbito doméstico y según la tabla se puede utilizar cualquier tipo de toma de corriente de las de la tabla, excepto la que cumple con la norma UNE-EN62196-2, tipo 2, de 63 A cuya utilización por su alta intensidad no está prevista para viviendas.
La base tipo industrial, a veces denominada “CETAC”, a la que se refiere la pregunta no es una base que esté prevista para equipar un circuito de recarga de vehículo eléctrico, ni tampoco para su uso en el ámbito doméstico, sino que su uso debe reservarse al sector industrial, ya que los requisitos constructivos y normativos son distintos.
Para la recarga del vehículo eléctrico (VE) en corriente alterna (modos 1, 2 o 3) se deben utilizar bases específicas previstas para el VE, que son las que cumple con la norma UNE-EN 62196-2, además en el ámbito doméstico y como excepción a la regla general anterior se puede utilizar también la base Schuko según norma UNE 20315 y siempre que dicho circuito se proteja correctamente contra sobrecargas, evitando de esta forma el riesgo de sobrecarga en todo el circuito y de forma particular en la propia base de corriente.."
Supongo que habrá quien intente seguir buscándole tres pies al gato, poniendo en duda lo que dice esta respuesta, interpretándola de mil y una maneras con tal de justificar que "lo puedes conectar donde te salga de los..." o incluso la procedencia de la respuesta. Sobre esto último, cada uno es libre de hacer llegar su consulta al Ministerio y compartir su respuesta.
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Certificación CE. El Indicador de conformidad europeo
El marcado CE es el pasaporte para los productos, garantizando su libre circulación en el Espacio Económico Europeo (EEE).
Para comercializarse, los productos y equipos eléctricos deben cumplir los criterios técnicos recogidos en la legislación de la Unión Europea de armonización aplicable, incluyendo la colocación del logotipo sobre el producto o la documentación de acompañamiento, independientemente del lugar de fabricación del producto.
La certificación CE o certificación europea consiste en un proceso de evaluación de la conformidad, en el que pueden formar parte organismos de certificación notificados como AENOR, por el cual, el fabricante o su representante autorizado asumen la responsabilidad de las prestaciones declaradas y la conformidad con los requisitos del marcado CE.
AENOR es un organismo notificado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo o por el Ministerio de Fomento.
Como certificado de conformidad europeo, debe cumplir con los criterios establecidos en las Directivas o Reglamentos Europeos, así como en las normas técnicas EN (normas europeas) si procede, que aplican a la comercialización del producto. Cuando un Organismo Notificado (ON) participa en la fase de control de la producción de conformidad con la legislación de armonización de la Unión Europea (UE) aplicable, su número de identificación debe figurar junto al marcado CE.
La certificación de marcado CE puede integrarse con certificaciones voluntarias, tanto de producto (Marca AENOR N, ENEC, Har…) como de sistemas de gestión de la calidad basado en la norma UNE-EN ISO 9001.
Objetivos
Para el fabricante:
El marcado CE permite acceder sin restricciones al mercado europeo, evitando barreras técnicas.
El marcado CE se reconoce además en otros mercados a nivel global.
Para el consumidor:
El marcado CE centra su razón de ser principal en la seguridad de los usuarios de los productos y en el cumplimiento de las normas armonizadas europeas.
El marcado CE determina unos niveles mínimos de seguridad, funcionalidad, ahorro energético y protección ambiental
En resumen:Si eres fabricante de cargadores y tienes el certificado CE lo puedes vender e utilizar en Francia,Alemania,Italia,Portugal....por cierto paises en que he estado.
Por lo tanto lo puedes conectar donde te salga de los.....y conectarlo con una base adaptable de cada pais en cuestion.
Te aseguro que sé de buena mano que muchos cargadores, por mucho que tengan el marcado CE, no se pueden instalar en algunos de estos países que mencionas. El hecho de haber estado en un país por si solo, obviamente, no te da el conocimiento sobre qué se puede instalar y qué no; de ahí el inciso a acercarse a mirar un (o varios) socket tipo 2, pues es una forma de darse cuenta que "algo hay".
Esta es la respuesta textual a una consulta (que no puede considerarse una "interpretación oficial" de la normativa, como es lógico) sobre este tema al Ministerio de Industria:
"La tabla 3 de la ITC-BT 52 establece los tipos de bases de toma de corriente a utilizar para los modos de carga 1,2 o 3. La tabla no aplica a la recarga en modo 4 o recarga en continua. En el ámbito doméstico y según la tabla se puede utilizar cualquier tipo de toma de corriente de las de la tabla, excepto la que cumple con la norma UNE-EN62196-2, tipo 2, de 63 A cuya utilización por su alta intensidad no está prevista para viviendas.
La base tipo industrial, a veces denominada “CETAC”, a la que se refiere la pregunta no es una base que esté prevista para equipar un circuito de recarga de vehículo eléctrico, ni tampoco para su uso en el ámbito doméstico, sino que su uso debe reservarse al sector industrial, ya que los requisitos constructivos y normativos son distintos.
Para la recarga del vehículo eléctrico (VE) en corriente alterna (modos 1, 2 o 3) se deben utilizar bases específicas previstas para el VE, que son las que cumple con la norma UNE-EN 62196-2, además en el ámbito doméstico y como excepción a la regla general anterior se puede utilizar también la base Schuko según norma UNE 20315 y siempre que dicho circuito se proteja correctamente contra sobrecargas, evitando de esta forma el riesgo de sobrecarga en todo el circuito y de forma particular en la propia base de corriente.."
Supongo que habrá quien intente seguir buscándole tres pies al gato, poniendo en duda lo que dice esta respuesta, interpretándola de mil y una maneras con tal de justificar que "lo puedes conectar donde te salga de los..." o incluso la procedencia de la respuesta. Sobre esto último, cada uno es libre de hacer llegar su consulta al Ministerio y compartir su respuesta.
tampoco para su uso en el ámbito doméstico, sino que su uso debe reservarse al sector industrial, ya que los requisitos constructivos y normativos son distintos.
A esto ya ni te respondo....que no es cierto no sé de dónde lo has sacado.Fin de este hilo para mí.
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En una casa cercana a la nuestra, hay un grupo de sinvergüenzas (que no okupas, para mi son dos tipologías muy distintas) que "pinchan" recurrentemente el suministro eléctrico y el de agua hasta el punto que ahora han excavado un pozo y un túnel para alcanzar las líneas eléctricas bajo tierra porque les han quitado el cableado de la acometida.
Si esos sinvergüenzas hacen eso sin ninguna tipo de problema ni acción por parte de cualquier autoridad, no veo porqué no podríamos nosotros hacer una instalación con todos los cálculos pertinentes (hechos por un profesional) y todas las medidas de seguridad oportunas pasando por completo de la normativa CE, E, autonómica y de su p*t* m*dr*..., dentro de nuestra casa. Al fin y al cabo, nosotros pagamos nuestras "facturas de la luz" puntualmente.
Sí, mi comentario es muy "populista", pero es lo que hay >:(
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Decide tu mismo en que bando quieres estar
Esto no va de "bandos", que cada cual haga lo que considere oportuno.
Por mi parte, a día de hoy, enchufando el cargador de viaje a un schuko en el garage es suficiente. Lo que hagan l@s demás en sus respectivas casas es cosa de cada cual, no seré yo quien diga si está bien o está mal o si debe o no hacerlo... que ya somos mayorcitos ;D
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Decide tu mismo en que bando quieres estar
Esto no va de "bandos", que cada cual haga lo que considere oportuno.
Por mi parte, a día de hoy, enchufando el cargador de viaje a un schuko en el garage es suficiente. Lo que hagan l@s demás en sus respectivas casas es cosa de cada cual, no seré yo quien diga si está bien o está mal o si debe o no hacerlo... que ya somos mayorcitos ;D
Pues no dices lo mismo en el mensaje anterior.
Permite que disienta, si lees detenidamente verás que solo expongo hechos, no digo que otra persona o yo mismo haga una cosa u otra.
Insisto, cada cual puede "hacer de su capa un sayo" o no. Esto es lo que hay.
:D
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Me llega el tesla en 15 dias y hasta dentro de 2/3 meses no tendre cargador instalado en casa… lo compre pensando que llegaria para 2023 y me ha jodido los planes, pues en 2/3 meses me traslado y el cargador lo pondre en la mueva vivienda.
En resumen, puedo cargar en un enchufe normal? Viene el cable? He leido por algun sitio que cargar a muy baja potencias es malo para la bateria…
Por contra si carga cada dia en supercargafor (por suerte tengo uno a 5km de casa) es malo para la bateria darle tanta xixa diaria?
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Me llega el tesla en 15 dias y hasta dentro de 2/3 meses no tendre cargador instalado en casa… lo compre pensando que llegaria para 2023 y me ha jodido los planes, pues en 2/3 meses me traslado y el cargador lo pondre en la mueva vivienda.
En resumen, puedo cargar en un enchufe normal? Viene el cable? He leido por algun sitio que cargar a muy baja potencias es malo para la bateria…
Por contra si carga cada dia en supercargafor (por suerte tengo uno a 5km de casa) es malo para la bateria darle tanta xixa diaria?
Carga en Schuko lo que sea necesario.
Tranquilo, cargar a bajas intensidades en absoluto es perjudicial para la batería.
De hecho, cualquier potencia en AC se considera inocua.
En cambio, intenta no usar DC de forma habitual, si puedes evitarlo.
Saludos.
Enviado desde un dispositivo móvil. Perdonad por la brevedad.
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DC , a partir de q potencia es? los de 11 kw q hay en los centros comerciales son perjudiciales?.saludos
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Me llega el tesla en 15 dias y hasta dentro de 2/3 meses no tendre cargador instalado en casa… lo compre pensando que llegaria para 2023 y me ha jodido los planes, pues en 2/3 meses me traslado y el cargador lo pondre en la mueva vivienda.
En resumen, puedo cargar en un enchufe normal? Viene el cable? He leido por algun sitio que cargar a muy baja potencias es malo para la bateria…
Puedes cargar en un enchufe normal, pero sería recomendable revisar el estado del enchufe y la sección del cable que le llega, puesto que incluso a potencia reducida, el coche va a permanecer muchas horas cargando.
Sobre si viene "el cable" (el Mobile Connector, no es un simple cable) pues es incógnita porque en teoría a los pedidos posteriores a abril ya no se les entregaba, aunque lo puedes comprar en Tesla (y en Amazon, Aliexpres...)
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DC , a partir de q potencia es? los de 11 kw q hay en los centros comerciales son perjudiciales?.saludos
DC yo me los he encontrado de mínimo 20 kW, pero el mínimo usual es 50 kW.
Los PdR de los CC seguramente serán vía la manguera Type2, que solamente sirve AC en Europa.
Enviado desde un dispositivo móvil. Perdonad por la brevedad.
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La mayoría de los cargadores de los centros comerciales son AC, de los cuales un model 3 aprovecha máximo 11kW (aunque el rango de potencia suministrada puede ser tan raquítico como desde 3,7kW). Puede tratarse de equipos con manguera tipo 2 o solamente el socket.
Pero también hay centros comerciales que ya tienen cargadores DC, aunque en menor número pero se ven. A partir de 50kW y hasta 250kW (un SuC de
Tesla p.e.) o más.
En ambos casos, pueden o no ser gratuitos, o estar gestionados por un operador de carga externo al centro comercial.
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Me uno al tema porque tengo un caso similar.
Tengo una casa con garaje particular en el pueblo, apenas voy, pero para cuando vaya había pensado instalar un CETAC y conectar ahí el MC portátil de Tesla.
Le dije al electricista que le pusiese al cuadro un automático de 32A y tirase cable de 6mm hasta un CETAC en la parte trasera del garaje.
Sería correcta esa instalación para cargar, necesito algo más?
Lo del control dinámico de potencia es un aparato de controla el gasto de la casa y el coche verdad? cabe en el cuadro normal de la casa?
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Me uno al tema porque tengo un caso similar.
Tengo una casa con garaje particular en el pueblo, apenas voy, pero para cuando vaya había pensado instalar un CETAC y conectar ahí el MC portátil de Tesla.
Le dije al electricista que le pusiese al cuadro un automático de 32A y tirase cable de 6mm hasta un CETAC en la parte trasera del garaje.
Sería correcta esa instalación para cargar, necesito algo más?
Lo del control dinámico de potencia es un aparato de controla el gasto de la casa y el coche verdad? cabe en el cuadro normal de la casa?
Correcto. Con un CETAC (te faltaría el adaptador para el Mobile Connector, se vende aparte) ya lo tendrías
Para el control dinámico, en el cuadro se instala simplemente una pinza para medir consumo. Pero el MC no soporta ajuste dinámico. Para ello, tendrías que instalar un wallbox que lo soporte
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Con el CETAC, la instalación sería correcta, pero no contemplada en la normativa.
Se ha debatido ya varias veces.
Si solicitar subvención del PdR no es imprescindible, adelante con el CETAC, sabiendo eso.
Saludos.
Enviado desde un dispositivo móvil. Perdonad por la brevedad.
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Me uno al tema porque tengo un caso similar.
Tengo una casa con garaje particular en el pueblo, apenas voy, pero para cuando vaya había pensado instalar un CETAC y conectar ahí el MC portátil de Tesla.
Le dije al electricista que le pusiese al cuadro un automático de 32A y tirase cable de 6mm hasta un CETAC en la parte trasera del garaje.
Sería correcta esa instalación para cargar, necesito algo más?
Lo del control dinámico de potencia es un aparato de controla el gasto de la casa y el coche verdad? cabe en el cuadro normal de la casa?
Si vas poco, porque no cargas en un schuko normal? Es lo que hago yo en mi segunda residencia y ningún problema, el coche te permite ajustar los A para no forzar la instalación si no te fías demasiado. Simplemente tardarás un poco más en cargar.
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Me uno al tema porque tengo un caso similar.
Tengo una casa con garaje particular en el pueblo, apenas voy, pero para cuando vaya había pensado instalar un CETAC y conectar ahí el MC portátil de Tesla.
Le dije al electricista que le pusiese al cuadro un automático de 32A y tirase cable de 6mm hasta un CETAC en la parte trasera del garaje.
Sería correcta esa instalación para cargar, necesito algo más?
Lo del control dinámico de potencia es un aparato de controla el gasto de la casa y el coche verdad? cabe en el cuadro normal de la casa?
Si vas poco, porque no cargas en un schuko normal? Es lo que hago yo en mi segunda residencia y ningún problema, el coche te permite ajustar los A para no forzar la instalación si no te fías demasiado. Simplemente tardarás un poco más en cargar.
Lo he pensado también, a lo mejor si sigo yendo tampoco hago eso.
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Me uno al tema porque tengo un caso similar.
Tengo una casa con garaje particular en el pueblo, apenas voy, pero para cuando vaya había pensado instalar un CETAC y conectar ahí el MC portátil de Tesla.
Le dije al electricista que le pusiese al cuadro un automático de 32A y tirase cable de 6mm hasta un CETAC en la parte trasera del garaje.
Sería correcta esa instalación para cargar, necesito algo más?
Lo del control dinámico de potencia es un aparato de controla el gasto de la casa y el coche verdad? cabe en el cuadro normal de la casa?
Si vas poco, porque no cargas en un schuko normal? Es lo que hago yo en mi segunda residencia y ningún problema, el coche te permite ajustar los A para no forzar la instalación si no te fías demasiado. Simplemente tardarás un poco más en cargar.
Lo he pensado también, a lo mejor si sigo yendo tampoco hago eso.
Es una opción, pero si se pueden sacar unos cables gordos del contador y poner CETAC, por poco más tienes una instalación más potente y segura.
Yo cargo habitualmente en un schuko a 13A, pero porque ya he comprobado que no hay problemas, y cada vez que pongo horno o lavadora me salta los plomos de 16A de los enchufes...
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Igual deberías revisar la instalación.
Horno y vitrocerámica suelen tener su propio magneto de 25A, y lavadora más lavavajillas otra línea propia con magneto de 20A que no deberían compartir con el resto de usos varios, de 16A para el resto de enchufes
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Igual deberías revisar la instalación.
Horno y vitrocerámica suelen tener su propio magneto de 25A, y lavadora más lavavajillas otra línea propia con magneto de 20A que no deberían compartir con el resto de usos varios, de 16A para el resto de enchufes
Vitro lleva el de 25A, y lavavajillas de 20A. La lavadora creo recordar que iba al de 20A del lavavajillas, pero la moví y el cable no me llega y está en otro de 16A (el general de los enchufes). Con el horno me la jugaron en la obra y también va en el de 16A.
La lavadora la cambiaré de sitio o pondré un alargador, así que cuando ponga un PDR, ya no tendré problemas... el horno me temo que se quedará así, porque el cajetín requiere desmontar parte de la cocina... un lío...